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LACAZE, GRACIELA EMILCE c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora demandó por accidente laboral ocurrido el 15/05/2024 y reclamó reparación por incapacidad. La Cámara confirmó la sentencia en lo principal y modificó los honorarios del perito médico elevándolos al 7% sobre el capital e intereses, impuso costas a la aseguradora y reguló los honorarios por esta instancia en 30%.

Accidente de trabajo Incapacidad 13 24% t.o. Honorarios periciales Costas Interes desde el hecho Perito medico Ley 26.773 Regulacion de honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo Galeno art s.a.


¿Quién es el actor?

Lacaze Graciela Emilce.

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente ocurrido el 15 de mayo de 2024 —caída en vía pública durante jornada de trabajo remoto— y condena por incapacidad parcial y permanente (13,24% T.O.), con capital e intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de origen únicamente en lo relativo a los honorarios del perito médico (se elevan al 7% sobre el capital e intereses de condena); confirmó el decisorio de grado en lo principal que fue materia de apelación; impuso las costas originadas ante la Cámara a cargo de la aseguradora; y reguló por los trabajos en esta sede el 30% de lo que en definitiva perciban las representaciones letradas por los trabajos desarrollados en la instancia anterior. Asimismo, hizo saber la vigencia de la Ley 26.685 y acuerdos CSJN para notificaciones y traslados.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Lo señalado por la parte interesada sobre el tema central no logra rebatir la científico y objetiva conclusión dispuesta en la instancia anterior a los fines de justipreciar la incapacidad sufrida en el 13,24% T.O. teniendo en cuenta que la quejosa no efectúa una crítica concreta ni razonada contra los fundamentos médicos y objetivos aportados en la pericia médica en cuestión, el examen clínico practicado por el galeno a la reclamante ni los estudios que sustentan el informe aludido." "En lo que refiere al asunto de los honorarios, teniendo en cuenta el mérito, labor e importancia de los trabajos profesionales desarrollados en la anterior instancia, evaluados en el marco del valor económico del litigio, constituido en la especie por el capital e intereses de condena, entiendo que los honorarios cuestionados lucen adecuados en la medida del agravio, excepto los fijados al perito médico los que se observan bajos por lo que propongo elevarlos al 7% sobre el capital e intereses de condena y confirmar los restantes (conf. art. 38 L.O. y normativa arancelaria vigente en la materia)."
- Votos: El Dr. Mario S. Fera realizó el voto de fundamento; el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió. No hubo disidencia.

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