ARCE, OLGA BEATRIZ Y OTROS c/ PEPSICO DE ARGENTINA S.R.L. Y OTRO s/JUICIO SUMARISIMO
Accionantes reclamaron nulidad de despidos, reinstalación, salarios caídos, daño moral y condena por práctica desleal contra Pepsico por cierre de planta. La Cámara revocó parcialmente la sentencia y rechazó la demanda de siete trabajadores tutelados por sindicato, confirmando el resto y disponiendo costas de alzada y regulación de honorarios al 30% en alzada.
¿Quién es el actor?
Edgardo Alberto Carrizo; Nicolás Alejandro Gómez; Patricia Virginia Mora; Camilo Ángel Mones; Gustavo Ramón Cándido; Alejandro Morelli; Luis Enrique Medina (colectivamente, algunos integraban el Cuerpo de Comisión de Reclamos Internos y candidatos).
¿A quién se demanda?
Pepsico de Argentina S.R.L.
- Objeto de la demanda: Nulidad del procedimiento preventivo de crisis (PPC), declaración de despidos nulos/ilícitos (lock out ofensivo), reinstalación, pago de salarios caídos hasta reincorporación, indemnizaciones (incluyendo por tutela sindical conforme arts. 51/52 ley 23.551), daño moral y condena por práctica desleal (art. 53 ley 23.551).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y, en su mérito, rechazó la demanda interpuesta por Edgardo Alberto Carrizo, Nicolás Alejandro Gómez, Patricia Virginia Mora, Camilo Ángel Mones, Gustavo Ramón Cándido, Alejandro Morelli y Luis Enrique Medina; confirmó en lo demás que fue materia de agravios; impuso las costas de alzada por su orden y reguló honorarios de alzada en el 30% de lo que corresponda percibir por los trabajos realizados en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En suma, considero que, en el presente caso, no se verifica la situación dispuesta en el art. 1º de la ley 23.592, ni, por ende, los supuestos contemplados por el art. 53 de la ley 23.551 dado que, sin perjuicio del conflicto colectivo al que aluden los apelantes, dicha circunstancia no permite inferir, por sí misma, de una manera clara, la conducta antijurídica que se le atribuye a la empleadora."
"Así las cosas, no puede soslayarse que -en el caso
- ha sido invocado (y probado) el cierre del establecimiento, circunstancia que determina la operatividad de la pauta establecida en el art. 51 de la ley 23.551 ... la estabilidad en el empleo no podrá ser invocada en los casos de cesación de actividades del establecimiento ...".
"En definitiva, de prosperar mi voto, corresponde revocar parcialmente la sentencia de grado, rechazando en todas sus partes la demanda interpuesta por Edgardo Alberto Carrizo, Nicolás Alejandro Gómez, Patricia Virginia Mora, Camilo Ángel Mones, Gustavo Ramón Cándido, Alejandro Morelli y Luis Enrique Medina."
- Votos en disidencia: No obra disidencia en el acuerdo final; el voto del Dr. Mario S. Fera propuso revocar parcialmente y fue acompañado por el Dr. Alejandro H. Perugini, por lo que esa fue la solución mayoritaria.
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