PACHECO SUSANA MARCELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajustes varios contra ANSES, con disputa sobre la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y otros rubros. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y ordenó actualizar la PBU conforme al criterio y fórmula fijados en los considerandos, confirmando el resto y imponiendo costas de alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
PACHECO SUSANA MARCELA.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de prestaciones previsionales, incluyendo reclamo por actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), cuestión sobre impuesto a las ganancias y tasa de interés.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada para disponer la actualización de la PBU en la forma establecida en los considerandos; confirmó lo demás resuelto en primera instancia; impuso costas de Alzada a la demandada; ordenó regular honorarios por el 30% de la suma fijada en primera instancia y devolver las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
1) "Por ende, propongo revocar parcialmente lo dispuesto en la instancia de grado y determinar que el recálculo de la PBU deba realizarse en los términos que surgen del precedente aludido."
2) "A tales efectos, se calculará la variación porcentual entre la PBU reajustada (calculada con el índice mencionado) y la PBU sin reajustar, con respecto al haber inicial (fórmula: [(PBU reajustada
- PBU sin reajustar) / haber inicial] x 100). Si el porcentaje obtenido supera el 15 % referido, se procederá a la actualización de la PBU. En cambio, para el supuesto en que lo decidido en torno a los topes cuestionados arroje -en la liquidación
- diferencias con la PC y el PAP de caja, en orden a lo resuelto por esta Sala en los autos “Battipede” donde se ha adoptado la metodología establecida por la Sala III de este Fuero en la causa “Marinati”, debe aplicarse la fórmula allí establecida (es decir: MC x 100 / HIRS)."
3) "En virtud de lo expuesto, propongo: 1) Revocar parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos precedentes; 2) Confirmarla en lo demás que decide y ha sido materia de agravios; 3) Actualiza la PBU de la forma dispuesta en el considerando correspondiente; 5) Costas de Alzada a la demandada vencida (conf. Art. 36 Ley 27.423); 6) Regular los honorarios a favor de la representación letrada de la parte actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de la suma que se fije por su trabajo en primera instancia con más el IVA en caso de correspondiente (art. 30 primer párrafo Ley 27.423); 7) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos."
- Votos y disidencias relevantes: El Dr. Juan A. Fantini votó por la propuesta de revocar parcialmente y fijar la metodología de actualización de la PBU; la Dra. Nora C. Dorado adhirió al voto salvo en lo relativo a la PBU (señalando criterios del precedente “Quiroga” y haciendo énfasis en la protección del haber inicial); el Dr. Walter F. Carnota adhirió al voto que encabeza salvo en lo que respeta a la PBU, en cuyo punto se adhirió al voto de la Dra. Dorado. Pese a esas particularidades, el acuerdo de la mayoría resolvió conforme al dispositivo transcripto.
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