FANARI EMILIO GENARO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes previsionales y pedido de nulidad/inconstitucionalidad de normas y decretos. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, ordenó reajustar el haber a enero de 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la movilidad que habría correspondido bajo la ley 27.426, aplicando desde febrero la movilidad prevista en la ley 27.609, y difirió el examen final de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
Fanari Emilio Genaro.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional (reajuste por aplicación/suspensión de leyes y decretos, impugnación de aplicación de Reparación Histórica, prescripciones, exención de impuesto a las ganancias, y planteos de inconstitucionalidad de diversas normas: leyes 26.417, 27.426, 27.541, 27.609 y decretos vinculados).
¿Qué se resolvió?
Se revocó parcialmente la sentencia apelada y se confirmó en lo demás; se ordenó al organismo que reajuste el haber previsional de la actora a enero de 2021 con la diferencia entre lo percibido por los decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y la movilidad que le hubiera correspondido de haberse aplicado la ley 27.426, igual al mes de febrero y desde ahí en adelante la movilidad contemplada en la ley 27.609; se diferirá el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se impusieron costas a la demandada vencida; se regularon honorarios (30% por actuación en Alzada sobre lo fijado en primera instancia más IVA cuando corresponda); y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"En relación con el planteo de la parte actora relativa a la inconstitucionalidad del art. 1 de la Ley 27.426 se ha expedido recientemente la CSJN en autos 'Fernandez Pastor Miguel Angel c/ ANSeS s/ Amparos y sumarísimos' Expte 138932/2017, sentencia del 4 de diciembre de 2025 en donde desestimó la pretensión, motivo por el cual corresponde confirmar la sentencia apelada."
"En lo que respect al planteo de inconstitucionalidad referido a la ley 27.609, este Tribunal se pronunció en los autos: 'WALD ALICIA GRACIELA c/ANSeS s/REAJUSTES VARIOS' Expte. Nº 26695/2024, enviado. Fecha 19/08/2025, a cuyos fundamentos corresponden extensivos a los presentes, por ende, corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado y diferir su tratamiento para la etapa de ejecución."
"En cuanto a las costas de ambas instancias las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y Excma. CSJN in re: 'Gentile Fioravanti Pedro c/ANSeS s/Reajustes Varios', Sent. Fecha 8/10/2024, Expte. CSS Nº 96499/2010)."
- Disidencias: No surge disidencia mayoritaria en la parte resolutiva; los votos adhieren en sus términos y el acuerdo se adoptó por mayoría sin que conste voto en disidencia que altere la parte dispositiva. Se registran adhesiones parciales respecto del art. 55 de la ley 27.541 por las magistradas, pero la resolución acordada es la que figura en la parte resolutiva.
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