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ESNEYDE ADRIANA PILAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES por reajustes varios, entre ellos la actualización de la Prestación Básica Universal y la aplicación de topes de haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia recurrida en lo demás, difirió el tratamiento de la actualización de la PBU y de los cuestionamientos sobre topes para la etapa de ejecución, y dispuso costas y honorarios conforme al art. 36 ley 27.423 y art. 68 CPCCN.

Reajustes Pbu Topes de haberes Anses Costas Honorarios Ejecucion Ley 27.423 Cpccn art. 68 Actis caporale


¿Quién es el actor?

Esneyde Adriana Pilar.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales, incluyendo actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes de haberes y cuestionamientos sobre movilidad y prescripción.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia apelada en lo demás que fue objeto de agravios; diferió el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; diferió asimismo el cuestionamiento respecto de la aplicación de topes de haberes para la etapa de ejecución; confirmó la decisión sobre costas en la instancia de grado conforme al art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423; y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos trascripto del fallo): "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios', Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." "Ha de señalarse que, en los casos que resulte pertinente, se tendrán en cuenta las pautas sentadas por C.S.J.N. in re 'Actis Caporale' Fallos 323:4216." "En orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa ... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634) ... En este sentido sostuvo que '…se revoca la sentencia respecto de lo resuelto sobre las costas de la primera instancia y se la confirma en lo referente a las costas de la alzada...' ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Voto en salvaguarda/disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" sobre las costas de ambas instancias, considerando que debieran imponerse a la demandada vencida (cita Art. 68 párr. 1º CPCCN y precedentes). Esa opinión fue preservada, pero la resolución mayoritaria fue la transcrita arriba.

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