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MERTENS JORGE NICOLAS ADOLFO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamaron reajustes y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) contra ANSeS. La Cámara declaró desierto el recurso de apelación de la actora, difirió el tratamiento de la actualización de la PBU y de la aplicación de topes para la etapa de ejecución y confirmó la sentencia recurrida en lo demás, imponiendo costas por su orden en la alzada.

Pbu Prestacion basica universal Anses Recurso de apelacion desierto Ejecucion Topes de haberes Costas Ley 24.241 Ley 24.463 Seguridad social


¿Quién es el actor?

Mertens Jorge Nicolás Adolfo.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios, entre ellos la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), inaplicabilidad de la Res. SSS 6/09 de ANSeS, declaración de inconstitucionalidad de artículos de las leyes 24.241 y 24.463 y cuestionamiento de topes de haberes; peticiones de recalculo de haberes y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social —Sala I—, por mayoría, declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte actora; diferió el tratamiento del planteo relativo a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; diferió también el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes para la ejecución; y confirmó la sentencia de grado en todo lo demás que fue materia de agravios. Asimismo confirmó lo resuelto respecto de las costas en primera instancia y dispuso costas por su orden en la alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas relevantes): • “La actora no expresó agravios en los términos de los arts. 259 y 265 del CPCCN, motivo por el que corresponde declarar desierto el remedio legal intentado.” • “Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re ‘QUIROGA’…” • “Ha de señalarse que, en los casos que resulte pertinente, se tendrán en cuenta las pautas sentadas por C.S.J.N. in re ‘Actis Caporale’ Fallos 323:4216.” • “En orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN... in re ‘Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo’... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423).”
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresamente su opinión reservada y propuso, en disidencia parcial, revocar parcialmente lo dispuesto en la instancia de grado y determinar que “el recálculo de la PBU deba realizarse en los términos que surgen del precedente aludido” (expte. Grattone, 14284/2021, sentencia 19/3/2024). Asimismo sostuvo que las costas de primera instancia debían imponerse a la demandada vencida. Estas posiciones constan como opinión particular y no integran la decisión de la mayoría.

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