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NIETO HUGO RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Nieto demandó a ANSeS por reajustes varios, reclamando actualización del haber inicial y de la Prestación Básica Universal (PBU), exención de impuesto a las ganancias y otros rubros. La Cámara confirmó la sentencia apelada en la mayoría de sus puntos, difirió para ejecución el tratamiento de la actualización de la PBU y confirmó la imposición de costas en primera instancia conforme al art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423.

Reajustes varios Pbu Movilidad previsional Impuesto a las ganancias Costas Ley 27.423 Cpccn art. 68 Prescripcion bienal Tasa pasiva promedio bcra Aportes autonomos.


¿Quién es el actor?

NIETO HUGO RAUL.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de prestaciones previsionales (revisión del haber inicial, actualización de la Prestación Básica Universal -PBU-, tratamiento de aportes autónomos, impuesto a las ganancias, tasa de interés y costas). Fecha de adquisición del derecho del beneficio: 29/03/2023.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida en lo demás materia de agravios; diferió el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; confirmó lo resuelto en cuanto a las costas en primera instancia (imposición al vencido conforme art. 68 CPCCN cuando, de la liquidación, surjan sumas a favor del actor; en caso contrario, se fijarán en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423); y dispuso costas por su orden en la Alzada y honorarios de la dirección letrada de la actora del 30% sobre lo que se estipule en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo): 1) Sobre la PBU y su tratamiento diferido: "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero recaídos en los expedientes 38794/2010: “SADOFSCHI”...". 2) Sobre la constitucionalidad del método de movilidad (ley 27.609): "ha de concluirse que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN." 3) Sobre el impuesto a las ganancias: "Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido." 4) Sobre costas y aplicación del art. 36 ley 27.423: "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Voto en disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión respecto de los servicios autónomos y propuso "revocar parcialmente lo dispuesto en la instancia de grado y determinar que el recálculo de la PBU deba realizarse en los términos que surgen del precedente aludido." Esa propuesta quedó en reserva/posición individual y no integra la decisión mayoritaria.

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