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DLUGAPOLSKI JORGE ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes varios e impugnación del cálculo del haber inicial previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado y desestimó el agravio de ANSES, sosteniendo la actualización de las remuneraciones conforme al artículo 3 de la ley 27.426 para la fecha de adquisición del derecho 12/08/2018.

Dlugapolski Anses Reajustes varios Haber inicial Actualizacion remuneraciones Ley 27.426 Ley 24.241 Indice de actualizacion Costas Seguridad social


¿Quién es el actor?

DLUGAPOLSKI JORGE ANGEL.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos al cálculo del haber previsional inicial; debate sobre los parámetros e índice aplicable para la actualización de las remuneraciones tomadas para el cálculo del haber inicial.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia recurrida en lo principal que decide y que fue materia de agravios, con los fundamentos y alcances expresados por la Sala; se impusieron las costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "El organismo demandado se agravia de lo resuelto en torno a los parámetros ordenados para la actualización de la remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial y solicita la aplicación del índice previsto en la ley 27.260, Decreto 807/2016 y en la Resolución ANSeS 56/2018. Surge de los antecedentes del caso que el beneficio previsional fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 12/08/2018 al amparo de la ley 24.241 modificado por la ley 27.426, cuerpo normativo a la luz del que deberán ser analizadas las quejas. En cuanto al agravio de la demandada referido al cálculo del haber inicial, corresponde desestimarlo por improcedente, toda vez que la sentencia de grado no aplicó la doctrina sentada en el precedente "Elliff". Por el contrario, en atención a la fecha de adquisición del derecho, dispuso la actualización de las remuneraciones mediante el índice previsto en el artículo 3 de la Ley 27.426."
- Costas: "Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso “Morales, Blanca” (Fallos: 346:634))."
- Votos/diferencias: No se registran votos en disidencia en el dispositivo final; la decisión de la Cámara es la confirmación completa de la sentencia apelada.

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