A, C D Y OTRO c/ SWISS MEDICAL SA Y OTRO s/AMPARO
Amparo por continuidad de cobertura de medicina prepaga y derivación de aportes. El Juzgado ordenó hacer lugar al amparo y condenó a OSPADEP y a Swiss Medical S.A. a mantener definitivamente al Sr. C. D. A. y a su cónyuge en el Plan SM03 en las mismas condiciones previas a la jubilación, disponiendo la desregulación y transferencia de los aportes conforme a las leyes aplicables.
¿Quién es el actor?
Sr. C. D. A. y su cónyuge, Sra. M. I. N.
¿A quién se demanda?
OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE AERONAVEGACIÓN DE ENTES PRIVADOS (OSPADEP) y SWISS MEDICAL S.A.
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para que se ordene mantener la afiliación al Plan SM03 en las mismas condiciones que detentaban antes de la obtención del beneficio jubilatorio del Sr. A., mediante la derivación de aportes por parte de la obra social, sin carencias ni copagos; pago por parte de los actores de la diferencia entre el valor del plan y los aportes obligatorios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al amparo. Se condenó a OSPADEP y a Swiss Medical S.A. a mantener en forma definitiva la afiliación del Sr. C. D. A. y de su cónyuge, Sra. M. I. N., al Plan SM03 en las mismas condiciones que detentaban con anterioridad a la jubilación, en el plazo de cinco días; OSPADEP deberá desregular los aportes y transferirlos a Swiss Medical S.A., la cual los tomará como pago a cuenta de la cuota del plan y facturará las diferencias. Se declaró innecesario tratar la inconstitucionalidad de los decretos 292/95 y 492/95. Se impusieron costas a las demandadas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales seleccionados):
"Que, estando cuestionada por ambas accionadas la vía procesal elegida en esta litis, cabe recordar que el amparo es un proceso sumamente simplificado en sus dimensiones temporales y formales, pues la finalidad fundamental de la pretensión que constituye su objeto consiste en reparar, con la mayor urgencia posible, la lesión de un derecho constitucional ..."
"Que, sentado lo anterior, cuadra destacar que, tal como lo tiene decidido la jurisprudencia de este Fuero ... resulta que con la creación del I.N.S.S.J.P. no se produjo un pase automático de los beneficiarios de las obras sociales ... esa transferencia resultaría posible sólo en virtud de la opción que voluntariamente realizaran quienes estuvieren interesados en ello, pues en caso contrario mantendrían su afiliación a la obra social originaria ..."
"Así las cosas, no resulta dudoso concluir en que la aplicación de las normas en la forma pretendida por la accionada conculca el derecho a la salud y los derechos adquiridos de los peticionarios, amparados por la Constitución Nacional, ya que de tener que sujetarse a la normativa aludida, y ante la simple negativa de la obra social demandada, se los privaría de su afiliación originaria y de la elección del prestador médico asistencial que en su momento se les confirió..."
Voto decisorio (FALLO): "Haciendo lugar a la presente acción de amparo. En consecuencia, condeno a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE AERONAVEGACIÓN DE ENTES PRIVADOS (OSPADEP) y a SWISS MEDICAL S.A. a mantener en forma definitiva como afiliados al Sr. C. D. A. y a su cónyuge, la Sra. M. I. N. ... bajo la modalidad del Plan SM03 y en las mismas condiciones que detentaban con anterioridad a la obtención del beneficio jubilatorio ... Dicha prestación deberá realizarse con los aportes que efectúe el actor, de conformidad con lo establecido por los arts. 16 de la ley 19.032 y 20 de la ley 23.660 ..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el dispositivo; la decisión es del juez que firma la sentencia.
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