ROJAS PEREYRA, ALAN ROY HUGO Y OTRO c/ EXCELLENCE SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamaron daños y perjuicios por un accidente de tránsito ocurrido el 30/10/2021 contra Excellence S.A. y su aseguradora. La Cámara modificó la sentencia de grado: admitió tratamiento kinesiológico y elevó las partidas indemnizatorias y gastos conforme los montos fijados, con costas de Alzada a la demandada y su aseguradora.
¿Quién es el actor?
Angie Nicole Weiss y Alan Roy Hugo Rojas Pereyra.
¿A quién se demanda?
Excellence S.A.; citada en garantía Mapfre Argentina Seguros S.A.
- Objeto de la demanda: demanda de daños y perjuicios derivada de un accidente de tránsito ocurrido el 30/10/2021, reclamando distintas partidas indemnizatorias (daños al rodado, incapacidad sobreviniente, daño psicológico, tratamiento, gasto médico, consecuencias no patrimoniales, etc.).
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por unanimidad, modificó la sentencia de grado en los términos dispuestos en la parte resolutiva: admitió la partida reclamada por tratamiento kinesiológico para Angie Nicole Weiss por $300.000; elevó la partida por daños al vehículo de Alan R. H. Rojas Pereyra a $43.600; elevó la indemnización por daño físico y psicológico de Angie N. Weiss a $20.600.000; elevó el tratamiento psicológico a $960.000; elevó las consecuencias no patrimoniales a $10.000.000; elevó gastos médicos, farmacia y radiografías a $50.000; confirmó lo demás decidido y fijó costas de Alzada a la demandada y su aseguradora (Art. 68 CPCCN). Además reguló honorarios y costas conforme lo consignado en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
1) "Sentado lo anterior, debe señalarse que encontrándose firme la existencia de daño antijurídico y de factores de atribución de responsabilidad, así como de un nexo causal adecuado, entiendo que sólo resta precisar los daños sufridos por el actor a raíz del hecho de autos y fijar la correspondiente indemnización o resarcimiento, considerando su magnitud y el principio de reparación integral que tiene jerarquía constitucional (CSJN, Fallos 321: 487 y 327: 3753 entre otros)."
2) "Por ello, atendiendo a las circunstancias que rodearon el hecho, entidad las lesiones sufridas e incapacidad sobreviniente de acuerdo a la ponderación del experto que dictaminó en autos, las condiciones personales de la coactora, que bien detalló el Sr. juez a quo, a las que me remito brevitatis causae, a las que me remito en honor a la brevedad, estimo que la indemnización otorgada para responder a la incapacidad psicofísica es reducida, por lo que propondré al Acuerdo que se la eleve a $20.600.000 en concepto de incapacidad sobreviniente (art. 165 CPCCN)."
3) "En consecuencia, por resultar reducida propondré que se eleve la suma otorgada por este concepto a $43.600 (art. 165 CPCCN)." (referido a daños al rodado)
- Disidencia: no hubo; voto por unanimidad (los tres jueces adhieren al voto que propone las modificaciones).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: