FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS TELEFONICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. (AHORA TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A.) s/OTROS RECLAMOS
La Federación y otros demandaron a Telefónica reclamando bonos de participación en las ganancias y otros créditos. La Cámara modificó parcialmente la condena ordenando que la liquidación se efectúe conforme a la pauta del considerando IV (cómputo sobre 0,50% de las utilidades antes del impuesto a las ganancias) y confirmó los restantes pronunciamientos, imponiendo costas de alzada a la demandada y regulando honorarios de alzada.
¿Quién es el actor?
Federación de Obreros y Empleados Telefónicos de la República Argentina y otros (co-actores, entre ellos Hugo Adolfo Carnicero y otros).
¿A quién se demanda?
Telefónica de Argentina S.A. (ahora Telefónica Móviles Argentina S.A.).
- Objeto de la demanda: reclamos por bonos de participación en las ganancias (part. accionariado obrero / bonos de participación) y otros reclamos conexos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado ordenando que la suma que resulte del cálculo pericial en la oportunidad del art. 132 L.O. se liquide conforme a la pauta establecida en el considerando IV del voto de la Dra. Pinto Varela y las restantes que arribaron firmes a la Alzada; abonarse en el plazo y con más los intereses dispuestos en la sentencia; confirmó los restantes aspectos del fallo cuestionados; mantuvo la imposición de costas en grado; impuso las costas de alzada a cargo de la parte demandada y reguló los honorarios de alzada de la representación letrada de la parte actora en el 30% de lo que le corresponda por su actuación en la anterior instancia.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
1) "De acuerdo con lo expuesto, sugiero confirmar el fallo en cuanto dispuso que el porcentaje del 0,50% es el que debería considerarse sobre la base de cálculo para liquidar luego, en función del coeficiente que le corresponde al trabajador, el crédito admitido en grado en concepto de la reparación allí establecida."
2) "En síntesis, sugiero modificar el fallo con el alcance dispuesto precedentemente." (Voto concluido: se dispone que la suma resultante del cálculo pericial deberá liquidarse conforme a la pauta establecida en el considerando IV)
3) "La determinación del crédito por los bonos de participación en las ganancias que les corresponden a los ex empleados de Telefónica de Argentina será obtenido sobre la base de lo dispuesto en el párrafo precedente, vale decir, sobre la ganancia imponible de la Empresa Telefónica de Argentina S.A. sujeta al pago del impuesto a las ganancias".
- Disidencias: No consta voto en disidencia; ambos magistrados (Pinto Varela y Diez Selva) adhirieron al acuerdo que incorpora la modificación propuesta.
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