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LOPEZ, FLORENCIA VIVIANA c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora promovió recurso contra la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional en un expediente de ley 27.348. La Cámara confirmó la sentencia de grado (con salvedad respecto de la actualización de intereses conforme al considerando II), impuso las costas de alzada y reguló honorarios de alzada en el 30% de lo fijado en origen.

Recurso de apelacion Ley 27.348 Intereses Actualizacion Art. 55 ley 27.802 Honorarios Costas de alzada Camara nacional de apelaciones del trabajo Expediente cnt 46808/2024 Experta art s.a.


¿Quién es el actor?

LOPEZ, FLORENCIA VIVIANA.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso de ley 27.348 (controversia derivada de actuación de la Comisión Médica Jurisdiccional; impugnación de la resolución y de la actualización de intereses y de honorarios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el pronunciamiento de grado, con la salvedad formulada en el considerando II respecto de los intereses; impuso las costas de alzada en el orden causado; y reguló los honorarios de los letrados firmantes de los escritos dirigidos a la Cámara en el 30% de los que les fueron fijados en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "II.
- La parte actora cuestiona el mecanismo de actualización dispuesto en grado, es decir la tasa de interés fijada por el apartado 2 del artículo 12 de la ley 24.557 y su modificación ley 27.348. Al respecto deberá utilizarse el método previsto en el art. 55, de la ley 27.802, de aplicación inmediata y de oficio, visto que se trata de una norma de orden público." "III.
- Los honorarios regulados no lucen reducidos, por lo que propongo su confirmación." "IV.
- Por las razones expuestas, propongo se confirme el pronunciamiento de grado, con la salvedad formulada en el considerando II, respecto de los intereses; se impongan las costas de Alzada por su orden, atento a la inexistencia de réplica (art. 68, CCC) y se regulen los honorarios de los letrados firmantes de los escritos dirigidos a esta Cámara, en el 30% de lo que les fueron fijados por su actuación en origen (art. 30, Ley 27.423)."
- Votos y disidencias: Los votos consignados son del Dr. Víctor Arturo Pesino (preopinante) y la Dra. María Dora González que adhiere; no consta disidencia.

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