BARRIOS, BRIAN MAXIMILIANO c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamo por accidente de trabajo y determinación de incapacidad y liquidación indemnizatoria. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de grado, mantuvo la incapacidad del actor en 9% de la total obrera y confirmó la imposición de costas y la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Barrios, Brian Maximiliano.
¿A quién se demanda?
Prevencion ART S.A.
- Objeto de la demanda: Acción por accidente de trabajo (5/3/2018) para obtener reparación por incapacidad parcial y permanente y la correspondiente liquidación indemnizatoria, con actualización e intereses; impugnación de la aseguradora sobre el método para determinar incapacidad (capacidad restante) y sobre la forma de actualización e intereses; impugnaciones recíprocas sobre regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de agravios; impuso costas y honorarios conforme lo determinado en los considerandos y ordenó el cumplimiento de formalidades procesales y administrativas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Por lo tanto, declaro la inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 26773, relativo al uso obligatorio del Listado de Enfermedades Profesionales previsto como Anexo I del Decreto 658/96 y a la Tabla de Evaluación de Incapacidades prevista como Anexo I del Decreto 659/96 y sus modificatorios. De tal suerte, considero que la aplicación del artículo 9 de la Ley 26773, en relación a la obligatoriedad de "ajustar" los informes, dictámenes y pronunciamientos al Listado de Enfermedades Profesionales previsto como Anexo I del Decreto 658/96 y a la Tabla de Evaluación de Incapacidades prevista como Anexo I del Decreto 659/96 y sus modificatorios, o los que los sustituyan en el futuro, es una reglamentación contraria a la Constitución Nacional, por ser regresivo al no permitir comparar con otros baremos ... y por considerar que la aseguradora ocupa una posición dominante en el mercado, que esta ley beneficia permitiendo un ejercicio abusivo de derechos en detrimento de la reparación del daño del trabajador ...".
"En definitiva, y por lo que antecede, voto por: I. Confirmar la sentencia apelada en todo lo que ha sido materia de agravios; II. Costas y honorarios, conforme lo determinado en el último considerando. III. Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Nº 15/2013."
- Votos y disidencia: El voto de la Dra. Diana R. Cañal expone en detalle la controversia sobre la aplicación del método de capacidad restante, la no obligatoriedad de los baremos en su opinión y criterios sobre actualización e intereses; el Dr. Alejandro Perugini adhiere al resultado y fundamentos esenciales, aunque discrepa en aspectos conceptuales sobre los presupuestos de la fórmula de capacidad restante. No hay votación en disidencia que modifique la parte resolutiva; la decisión adoptada es la de la mayoría (Cañal y Perugini).
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