JUAREZ, VANESA VERONICA c/ GALENO ART S.A.-4- s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora demandó por accidente de trabajo (accidente in itinere) reclamando prestaciones por incapacidad. La Cámara revocó la sentencia de grado, reconoció incapacidad del 25,41% de la T.O., ordenó calcular y pagar la prestación conforme al art.14 inc.2do a) de la ley 24.557 con ajuste por RIPTE y aplicación del decreto 669/19, impuso costas a la demandada y reguló honorarios.
Actor: JUAREZ, VANESA VERONICA (actora). Demandado: GALENO ART S.A. (aseguradora / demandada). Objeto de la demanda: Reclamo por prestaciones dinerarias por accidente de trabajo (calificado por la actora como "accidente in itinere") en los términos de la ley 24.557.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia apelada y reconoció el derecho de la actora a percibir la prestación prevista en el art. 14 inc. 2do a) de la ley 24.557, a calcular en ejecución (art.132 L.O.) sobre una incapacidad del 25,41% de la T.O. y el IBM resultante de las operaciones indicadas en la sentencia, con aplicación del decreto 669/19 y más los intereses moratorios en caso de falta de pago; impuso las costas a la demandada y reguló honorarios (valores indicados). Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Observo que el auxiliar ha realizado una adecuada descripción de la condición psicofísica de la accionante, ha fundamentado sus evaluaciones en un correcto análisis de los antecedentes del caso y en los estudios complementarios practicados, y ha dado solvente respuesta a los insustanciales cuestionamientos efectuados por la aseguradora, quien se ha limitado a disentir con el experto en función de generalidades y afirmaciones dogmáticas, sin aportar constancias objetivas o argumentos de relevancia científica que desacrediten la opinión de la profesional, lo cual resulta decisivo..." "Esto así, cabe reconocer a la reclamante una incapacidad psicofísica del 21% que, con factores de ponderación, alcanza una valor definitivo de 25 ,41% de la T.O." "En lo que atañe a las prestaciones a percibir por el reclamante, la contingencia es posterior a la sanción de la ley 27.348... No obstante, tal disposición ha sido posteriormente modificada por el decreto 669/19, la cual ha reemplazado la tasa de interés del Banco Nación por el índice RIPTE como medio de ajuste del Ingreso Base Promedio... entiendo que el vicio de origen queda salvado desde la perspectiva de las facultades conferidas por el art. 11 inc. 3ro de la ley 24.557..." Además, el Tribunal sostuvo que "En caso en que la aseguradora no ponga a disposición el pago de la indemnización dentro del plazo debido, se aplicará un interés equivalente al promedio de la tasa activa... del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral, según lo establecido en el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación." Votos en disidencia: No hubo disidencia; la Dra. Cañal adhirió al voto del Dr. Perugini, por lo que la decisión se adoptó por unanimidad.
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