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PRIETO, MIGUEL ANGEL c/ PROVITUR S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

El actor demandó por despido y reclamó remuneraciones no registradas, horas extras y aportes al seguro de retiro complementario. La Cámara modificó la sentencia apelada: elevó el capital de condena a $1.640.826,13, confirmó la mayor parte de las condenas y reguló costas y honorarios conforme al voto mayoritario.

Despido Salarios no registrados Horas extraordinarias Ley 25.323 Seguro de retiro la estrella Actualizacion art. 55 ley 27802 Responsabilidad solidaria Costas Honorarios Uma


¿Quién es el actor?

PRIETO, MIGUEL ÁNGEL.
- Demandados: PROVITUR SRL; Christian Guillermo Krause; Orlando Juan Zerbani; American Express Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: acción por despido injustificado; reclamo de salarios clandestinos/no registrados; horas extraordinarias impagas; agravamiento indemnizatorio (ley 25.323); indemnización art. 80 LCT; daños por falta de integración de aportes al Seguro de Retiro Complementario (“La Estrella”); discusión sobre actualización e intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada y elevó el capital nominal de condena a PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS CUARENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTISÉIS CON 13/100 ($1.640.826,13), aplicando la actualización y los intereses conforme al Considerando VII del voto que integra el acuerdo; mantuvo la imposición de costas de primera instancia; reguló honorarios por las sumas equivalentes a 300 UMA (actor), 200 UMA (American Express), 265 UMA (Provitur y codemandados en conjunto) y 130 UMA (perito), confirmó lo decidido en lo demás; impuso las costas de alzada a Provitur SRL, Krause y Zerbani salvo las relativas a American Express que corren por cuenta del actor; y fijó honorarios de instancia en el 30% de lo que finalmente correspondan por la labor en origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del voto mayoritario): "En consecuencia, de prosperar esta propuesta, el monto de condena deberá elevarse a $1.640.826,13, suma resultante de adicionar al capital fijado en grado ($1.304.061,90) el incremento del art. 2° de la ley 25.323 ($316.436,25) y el rescate correspondiente al Seguro Complementario “La Estrella”." "Con respecto a la metodología de actualización de los créditos diferidos a condena... la ley 27802 (BO 6/2/2026), en su art. 55 dispone que '[e]n los juicios en trámite y aún pendientes de sentencia definitiva, a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley, (…) los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados en base a los siguientes criterios: ... c) El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b) del presente artículo'." "Corresponde, entonces, reconocer una compensación equivalente al rescate que la trabajadora habría podido ejercer... estimo procedente fijar por este concepto la suma de $20.327,98."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; el voto del Dr. Manuel P. Diez Selva adhiere al primero. El Dr. Carlos Pose no votó conforme art.125 L.O.

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