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FRIAS, ANTONIO GABRIEL c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamación por accidente/contingencia laboral seguida contra EXPERTA ART S.A.; la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala I, confirmó la sentencia de grado al entender que el actor no acreditó el nexo causal entre la patología y el trabajo ni aportó prueba probatoria suficiente.

Riesgos del trabajo Nexo causal Pericia medica Carga de la prueba Costas de alzada Honorarios Confirmacion Art Accidente laboral Preclusion probatoria


¿Quién es el actor?

Antonio Gabriel Frías.

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo) y en el marco, empleadora HIT CONSTRUCCIONES S.A. (datos en el expediente administrativo).
- Objeto de la demanda: acción fundada en la Ley sobre Riesgos del Trabajo por contingencia denunciada el 30/06/2023 (ingreso de partículas en ambos ojos mientras trabajaba como operario de mantenimiento), con impugnación del rechazo administrativo del carácter laboral de la patología.

¿Qué se resolvió?

se confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de recurso y agravios; se impusieron las costas de Alzada en el orden causado; y se regularon honorarios de la representación letrada del actor en el 30% de lo que le corresponda percibir por su actuación en la anterior instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "De tal modo, en supuestos como lo que nos convocan, la procedencia de una pretensión de reparación fundada en la Ley sobre Riesgos del Trabajo como la aquí intentada, se encuentra supeditada a que el/la trabajador/a demuestre la existencia de un daño en relación de causalidad o concausalidad adecuada entre la enfermedad o el accidente denunciado que se haya producido por el hecho o en ocasión del trabajo." 2) "Ello no se ha verificado en autos: ... no existe en autos elemento de juicio alguno tendiente a demostrar cuáles eran las labores que la demandante desarrollaba a favor de su empleadora; bajo qué circunstancias las cumplía; ni que el hecho denunciado por el Sr. Frías haya ocurrido en ocasión de trabajo. Nótese, desde tal óptica, que el actor -interesada en la acreditación de dicha circunstancia
- no ha producido pruebas a fin de acreditar dicho vínculo causal." 3) "De lo expuesto se sigue, naturalmente y so riesgo de incurrir en repeticiones fatigosas, que el informe pericial médico constituye un medio probatorio de indubitable trascendencia, pero no autosuficiente para sellar el destino favorable de una acción resarcitoria como la entablada."
- Disidencias: no hubo voto en disidencia; el Dr. Enrique Catani adhirió al voto de la Dra. Hockl.

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