ROMERO, MARCELO SEBASTIAN c/ COMUNICACIONES INTERACTIVAS S.R.L (REBELDE FS. 95) Y OTRO s/DESPIDO
Demanda por despido contra Comunicaciones Interactivas SRL y otras; la Cámara modificó la forma de adecuación del capital y limitó la extensión de la condena contra el codemandado Reyes a $66.666, confirmando lo demás de la sentencia apelada.
¿Quién es el actor?
Marcelo Sebastián Romero.
- Demandados: Comunicaciones Interactivas SRL (rebelde) y codemandados, entre ellos Claudio Adalberto Reyes y María Silvia Cordero.
- Objeto de la demanda: acción por despido y liquidación de rubros indemnizatorios.
¿Qué se resolvió?
la Cámara modificó la sentencia de primera instancia únicamente en lo relativo a la adecuación del capital —que deberá calcularse conforme al Considerando V (aplicando en principio la tasa pasiva determinada por el BCRA, con el tope de IPC más 3% anual y el piso del 67% de ese método, realizando las operaciones al practicarse la liquidación según art. 132 L.O.)— y limitó la extensión de la condena contra el codemandado REYES a la suma total de $66.666 con más accesorios, con la aclaración de que los porcentajes de honorarios a su cargo se calcularán exclusivamente sobre el monto (capital e intereses) al que ha sido condenado; en lo demás, confirmó el pronunciamiento apelado. Se impusieron las costas de la alzada a los demandados, con la salvedad referida a REYES, y se regularon los honorarios de la alzada en el 30% de los que correspondan por la actuación en la anterior instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos/textos relevantes):
"En consecuencia, propicio modificar la sentencia de grado respecto de la adecuación del crédito, que debería calcularse, en principio, con la 'la tasa pasiva determinada por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA)', que sería la prevista en el Comunicado BCRA Nº 14290/91. Ahora bien, el monto que resulte de esa tasa no podrá ser superior al que resulte de aplicar el IPC más un 3% de interés anual, ni inferior al que resulte de aplicar el 67% de ese método. Estas operaciones matemáticas se efectuarán al practicarse la liquidación (art. 132 de la L.O.)."
"Sugiero entonces que se mantenga la extensión de la condena contra la mencionada persona humana hasta la suma total de $ 66.666, ($ 32.000 + 16.000 + 16.000 + 2.666), con más sus accesorios. En cuanto a las costas a su cargo, deberán calcularse exclusivamente sobre el monto (capital e intereses) al que ha sido condenada."
"Por ello, el Tribunal RESUELVE: 1) Modificar la sentencia apelada en lo referente a la adecuación del capital, que se realizará en la forma indicada en el Considerando V de la presente. 2) Limitar la extensión de la condena contra el codemandado REYES a la suma total de $ 66.666 con más sus accesorios, con la aclaración de que los porcentajes de honorarios a su cargo deberán calcularse exclusivamente sobre el monto (capital e intereses) al que ha sido condenado. 3) Confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás que ha sido motivo de recurso..."
- Votos / disidencias: los dos votos (Dr. Héctor C. Guisado y la Dra. Silvia E. Pinto Varela) adhieren en los términos expresados; no consta disidencia.
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