Logo

CARACARA CAISINA, NOELIA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora impugnó la resolución del Servicio de Homologación que fijó 1,2% de incapacidad por el accidente del 14/04/2023. El Juzgado confirmó la resolución administrativa y rechazó la apelación, concediendo plena eficacia probatoria al peritaje médico que concluyó que no corresponde asignar incapacidad y, por ello, confirmó la Disposición de Alcance Particular de fecha 18/04/2024 e impuso costas y reguló honorarios.

Recurso de apelacion Incapacidad laboral Comision medica Pericia medica Prueba pericial Confirmacion administrativa Costas Honorarios Ley 27348 Acta acuerdo cnat 2669


¿Quién es el actor?

Caracara Caisina, Noelia.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra la Resolución del 20/03/2024 del Servicio de Homologación de la Comisión Médica nº 10 que estableció 1,2% de incapacidad por accidente del 14/04/2023; la actora solicita una modificación del porcentaje de incapacidad reconocido en sede administrativa.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó el recurso de apelación interpuesto por la actora y se confirmó la Resolución/Disposición de Alcance Particular que había fijado la incapacidad (confirmación íntegra de la resolución administrativa). Se impusieron las costas por su orden y se regularon los honorarios en los montos señalados ($849.630; $849.630; $509.778), con la aclaración sobre el IVA.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "La experta dictamina que '…no corresponde asignar incapacidad en el presente caso' (v. fs. 32 foliatura digital)." "Otorgo al dictamen referido plena eficacia probatoria, atento que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en los exámenes clínicos y complementarios realizados a la accionante, en tanto que la impugnación presentada por la parte actora (v. fs. 39 foliatura digital), no logra conmover la contundencia de las conclusiones de la pericia, toda vez que se presenta como mera objeción fundada en disconformidad con lo constatado por el experto (art. 386 y 477 CPCCN). En apoyo de lo dicho recuerdo que 'las críticas a las opiniones de los peritos son insuficientes si no se acompañan evidencias capaces de convencer al Juez que lo dicho por el especialista es incorrecto, que sus conclusiones son equivocadas o que los datos proporcionados son equívocos o mendaces' (CNAT, Sala I, 26/05/2008, 'Zalazar, María Mercedes c/Obra Social Bancaria Argentina y otro')." "En consecuencia, corresponde desestimar el recurso interpuesto y confirmar la Disposición de Alcance Particular de fecha 18 de abril de 2024."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la decisión fue unipersonal por el Juez de primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar