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GIMENEZ, MAURICIO JAVIER c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional (anosmia por SARS-CoV-2) con fecha de primera manifestación 12/04/2021. El Juzgado fijó la incapacidad indemnizable en 13,3% de la T.O., revocó lo decidido por la Comisión Médica N°10 y condenó a PROVINCIA ART S.A. a pagar $1.075.864,34 más intereses, con costas y regulación de honorarios.

Arbe: accidente de trabajo Anosmia Sars-cov-2 Incapacidad laboral Porcentaje t.o. 13 3% Preexistencia 4 90% Dto.1694/2009 Ley 27.348 Indemnizacion $1.075.864 34 Costas y honorarios.


¿Quién es el actor?

GIMENEZ, MAURICIO JAVIER.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo de indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional (anosmia secundaria a infección por SARS-CoV-2), con fecha de primera manifestación invalidante el 12/04/2021.

¿Qué se resolvió?

Se revocó lo decidido por la Comisión Médica Nro. 10 – C.A.B.A. y se fijó la incapacidad indemnizable en 13,3% de la T.O.; en consecuencia se condenó a PROVINCIA ART S.A. a abonar la suma de $1.075.864,34 dentro del quinto día mediante depósito bancario, con los intereses correspondientes; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios (16% actor, 13% demandada, 7% perito).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): “El experto dictamina que el actor presenta anosmia secundaria a infección por Sars Covid 2 que lo incapacita físicamente en un 10% de la T.O. Concluye que, con incidencia de los factores de ponderación, la incapacidad física del demandante asciende a 14% de la T.O.” (fs. 82/87). “Otorgo al dictamen referido plena eficacia probatoria en lo atinente a la incapacidad física, atento que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en los exámenes clínicos y complementarios realizados al accionante, en tanto que las impugnaciones presentadas por la parte demandada ... no logran conmover la contundencia de las conclusiones de la pericia (art. 386 y 477 CPCCN).” Sobre preexistencias: “surge del Expediente N° 148006/22 ... que el impugnante producto de un siniestro sufrido el 21/1/2022 tenía una incapacidad preexistente de un 4,90%... Corresponde utilizar el método de capacidad restante ... 100%
- 4,90% = 95,1%; (95,1% x 14% = 13,3%). ... cabe concluir ... que el recurrente presenta una incapacidad física total indemnizable del 13,3% de la T.O., como consecuencia del siniestro padecido el 12 de abril de 2021.” Sobre cuantificación: se detalla la remuneración base ($56.780,70) y el coeficiente etario (2,24), aplicando Dto. 1278/2000 y Decreto 1694/2009; “el actor debería percibir, según el Dto. 1278/2000, una indemnización de $ 896.553,62 ... la suma de $ 1.075.864,34.-, en atención a lo dispuesto por el art. 3 de la ley 26.773, se incrementará en 20% ... equivalente a la suma de $ 179.310,72.
- ($ 896.553,62.
- x 20%).” Sobre intereses y costas: “corresponde, diferir a condena la suma de $ 1.075.864,34.
- que generará intereses desde el 12/4/2021... Dicho monto de condena devengará intereses ... equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina (art. 11 ley 27.348).”
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en la sentencia remitida.

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