Logo

GIBEZZI, NELIDA IRMA c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora demandó a la aseguradora ART por invalidez derivada de un accidente in itinere. La Cámara desestimó el recurso de la trabajadora por falta de crítica fundada y prueba de la ocurrencia del siniestro, y confirmó la resolución administrativa y judicial previa, sin costas por la naturaleza alimentaria del reclamo.

Recurso de apelacion Accidente in itinere Ley de riesgos del trabajo Art. 116 lo Desestimacion Falta de prueba Compensacion sistemica Naturaleza alimentaria Costas Aseguradora art


¿Quién es el actor?

GIBEZZI, NELIDA IRMA.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ART S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo por compensación patrimonial derivada de un supuesto accidente "in itinere" ocurrido el 28 de octubre de 2024 (reclamado como agresión en el camino al trabajo).

¿Qué se resolvió?

La Cámara desestimó el recurso interpuesto por la trabajadora y ordenó que se cumpla, oportunamente, con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y la Acordada CSJN Nº 15/2013; se dispuso no imponer costas por la naturaleza alimentaria del reclamo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "La trabajadora cuestiona el rechazo de su reclamo siniestral pero su recurso no supera el tamiz del art. 116 de la LO, esto es no constituye una crítica concreta y razonada del fallo judicial que declaró desierto el recurso presentado en sede administrativa para acceder a una compensación sistémica" "Paso a explicarme, Gibezzi denuncio haber sufrido un accidente “in itinere” el 28 de octubre de 2024 cuando, según su versión de los hechos, habría sido agredida y golpeada por dos sujetos rumbo al trabajo, pero la aseguradora emplazada declinó su responsabilidad por escrito y en tiempo y forma el 21 de noviembre de 2.011 (ver folios 7, 50,y 53 del expediente digital incorporado a la causa) y, en consecuencia, en la instancia administrativa se tuvo por no acreditado el siniestro “in itinere” y se rechazó el reclamo sistémico (ver resolución del 10 de abril de 2.025, folios 84/5, DEO 185244489)." "Ni, en el memorial presentado en sede administrativa, ni en el presentado en sede judicial, la trabajadora incorporó elementos probatorios para acreditar que, en efecto, había sufrido un daño entre el itinerario de su domicilio y el lugar de trabajo y ello conduce, necesariamente, al rechazo de su reclamo patrimonial porque, si bien la aseguradora prestó asistencia médica en un primer momento, estaba obligada legalmente a hacerlo, pero ello no enervaba su derecho a rechazar su eventual responsabilidad patrimonial por no darse el presupuesto fáctico que permita reproche objetivo en los términos del art. 6º de LRT."
- Votos y adhesiones: El Dr. Carlos Pose votó y fundamentó la desestimación; el Dr. José Alejandro Sudera adhirió a su voto. El Dr. Manuel P. Diez Selva no votó (art. 125 de la L.O.). No hubo disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar