MAIDANA, RAMON RIGOBERTO c/ CB SERVICIOS S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El actor reclamó diferencias e indemnizaciones por despido e irregularidades registrales frente a empresas y personas vinculadas a instalaciones sanitarias. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda solo contra CB INSTALACIONES S.R.L., condenándola a pagar $1.909,81 más intereses y a aportar certificados de trabajo y aportes, y rechazó las pretensiones frente al resto de los demandados.
¿Quién es el actor?
MAIDANA RAMON RIGOBERTO.
- Demandados: CB INSTALACIONES S.R.L.; CB SERVICIOS S.R.L.; CASERIO RICARDO WALTER; CASERIO LEANDRO HERNAN; GOMEZ CLAUDIA ANDREA.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido, indemnizaciones derivadas de acto extintivo (art. 231/233 y 245 LCT), diferencias salariales y rubros laborales (SAC proporcional, vacaciones proporcionales 2013 y su incidencia en SAC), y presuntas irregularidades registrales (ley 24.013 y otros).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda únicamente contra CB INSTALACIONES S.R.L., condenándola a pagar a MAIDANA la suma de $1.909,81 con más los intereses determinados en la sentencia; además, se la condenó a acompañar en 5 días certificados de trabajo y de aportes y contribuciones previsionales; se rechazó la demanda contra CB SERVICIOS S.R.L., CASERIO LEANDRO HERNAN, GOMEZ CLAUDIA ANDREA y CASERIO RICARDO WALTER. Costas en el orden causado. Reguló honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"De la demanda y sus respondes, se encuentra fuera de controversia que el actor trabajó a las órdenes de la demandada."
"Siguiendo este orden de ideas, conforme los propios dichos de la actora en su escrito inaugural afirman que le fueron negadas tareas el día 14/11/2014. Al respecto, cabe destacar que 'para que se configure injuria en el caso de negativa de tareas, se requiere la intimación a fin de que se otorgue tareas o se aclare situación laboral, y ello no porque sea necesario constituir en mora al principal, sino por el carácter subjetivo de la injuria y por la buena fe que debe observarse en el cumplimiento de contrato de trabajo' (C.N.A.T., Sala VI, mayo 27-1980,...)."
"Esta circunstancia queda desechada en autos, toda vez que, del análisis y ponderación de los elementos probatorios arrimados a estos actuados, el actor no probó haber concurrido a su lugar de trabajo ni que le fuera negado el acceso, tampoco expresa cual fue la persona que le negó tareas... Como consecuencia del análisis de los elementos probatorios aportados a la causa, concluyo ninguno de ellos conduce a acreditar la negativa de tareas invocada por el actor."
"De las probanzas merituadas no surge acreditado haber prestado tareas con posterioridad a julio de 2013."
"Lógico corolario de lo expuesto luce improcedente la indemnización contemplada en el art. 2 de la ley 25.323 reclamada en autos."
"V.-A fin de determinar la cuantía de los rubros que prosperan en la presente, tendré como fecha de ingreso: 19/08/2009, fecha de egreso: 30/07/2013 y remuneración: $ 2045 correspondiente al salario del mes de octubre de 2012 (ver informe AFIP a fs. 219). Así le corresponde: 1) SAC porp. Año 2013 $ 1.192,91; 2) Vacaciones prop. año 2013 $ 661,76; y 3) SAC s/ vacaciones $ 55,14, lo que arroja un total de $ 1.909,81."
(No hubo votos en disidencia reseñados en el decisorio.)
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