OLIVARES, CARLOS ALBERTO c/ ADJ GASTRONOMIA S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
Recurso de despido por parte de Carlos Alberto Olivares contra ADJ Gastronómica SRL y otros. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por falta de prueba del vínculo laboral y mantuvo la imposición de costas a la actora y la regulación de honorarios en el 30%.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: OLIVARES, CARLOS ALBERTO.
Demandado: ADJ GASTRONOMIA SRL y otros (Joy y Chiaramonte; Meloni como codemandado).
Objeto: pretensión por despido, con reclamación de existencia de relación laboral y responsabilidad personal de socios.
Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por despido. Se impusieron las costas de Alzada a la parte actora y se regularon los honorarios de la representación letrada del actor en el 30% de lo que le corresponda por su actuación en la instancia anterior. Se ordenó además cumplimiento del art. 1º de la ley 26.856 y la Acordada CSJN N°15/2013.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En estas actuaciones no se verifica que la sentencia de grado haya incurrido en el déficit de fundamentación que se le endilga respecto de la aplicación del art. 57 de la LCT. Por el contrario, comparto los fundamentos del juzgador previo, quien examinó adecuadamente la norma invocada y explicó con claridad las razones por las cuales estimó improcedente su operatividad en el caso... En síntesis, el art. 57 LCT no releva al trabajador de probar el hecho fundante de su pretensión, esto es, la existencia de la relación de trabajo y, ante la ausencia de elementos idóneos que acrediten la prestación de servicios en los términos alegados, el agravio no puede ser receptado."
"Asimismo, el memorial del accionante no satisface los requisitos exigidos por los arts. 116 de la LO y 265 del CPCCN, según los cuales el escrito de expresión de agravios debe contener la crítica concreta y razonada de las partes del fallo que el apelante considere equivocadas... En tal sentido, advierto que los fundamentos vertidos no consisten en una crítica concreta y razonada de la sentencia de grado."
- Votos y disidencias relevantes: El Dr. Manuel P. Diez Selva votó por confirmar la sentencia, imponiendo costas a la actora y regulando honorarios en 30%. El Dr. (Jose) Alejandro Sudera adhirió al voto que antecede. El Dr. Carlos Pose no votó (art. 125 de la L.O.). No hubo disidencia mayoritaria; lo resuelto es el criterio de confirmación del acuerdo.
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