GALLO, ASAF CARLOS MARTIN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamación por accidente laboral contra Provincia ART S.A. La Cámara modificó la sentencia apelada: determinó un nuevo criterio para el cálculo de intereses, impuso las costas de primera instancia a la demandada, reguló honorarios (actor 80 UMAs; demandado 75 UMAs; perito 25 UMAs) e impuso costas de Alzada, con regulación del 30% adicional para letrados que actuaron en alzada.
Actor: GALLO, ASAF CARLOS MARTIN. Demandado: PROVINCIA ART S.A. Objeto de la demanda: Reclamo por accidente (Ley Especial / LRT).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada para disponer que "los intereses del crédito se calculen conforme los lineamientos del considerando 'II'"; impuso las costas de primera instancia a la parte demandada; reguló honorarios de los letrados de ambas partes (80 UMAs para la actora; 75 UMAs para la demandada) y del perito médico (25 UMAs); ordenó costas de Alzada y fijó que los letrados que presentaron escritos ante la Cámara percibirán el 30% de lo que se les había asignado en primera instancia.
Fundamentos principales (textos transcritos relevantes):
- "La queja de la Aseguradora se dirige a cuestionar los intereses aplicados al capital. Sobre el tema, debe estarse a lo dispuesto en el artículo 55 de la ley 27.802, norma de orden público y de aplicación inmediata, aún de oficio. Sugiero modificar lo resuelto, en ese sentido." (voto del Dr. Víctor Arturo Pesino, considerando II).
- "En virtud de lo dispuesto en el art. 279 CPCCN corresponde emitir un nuevo pronunciamiento sobre costas y honorarios." (voto del Dr. Víctor Arturo Pesino, considerando III).
- "Por las razones expuestas, propongo se modifique la sentencia apelada y se determine que los intereses del crédito se calculen conforme los lineamientos del considerando II; se mantengan las costas de primera instancia, a cargo de la demandada vencida (art. 68, CPCCN); se regulen los honorarios ... en 80 UMAs, ... en 75 UMAs, y los del perito médico en 25 UMAs ... se impongan las costas de Alzada por su orden ... y se regulen los honorarios de los letrados firmantes de los escritos dirigidos a esta Cámara, en el 30% de lo que les fueron fijados por su actuación en origen (art. 30, Ley 27.423)." (voto del Dr. Víctor Arturo Pesino, considerando IV).
Adhesión: La Dra. María Dora González "por análogos fundamentos adhiero al voto que antecede." No existen votos en disidencia en la sentencia.
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