CHOQUE LAIME, JHONNY c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó por accidente de trabajo reclamando indemnización por incapacidad y secuelas. La Cámara confirmó la sentencia apelada y fijó el capital en $750.279,30 con intereses desde el 9/02/2019, imponiendo las costas a la demandada y regulando honorarios.
¿Quién es el actor?
Choque Laime, Jhonny.
¿A quién se demanda?
Federación Patronal ART S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente de trabajo (Ley especial/accidente in itinere descartado) y determinación de incapacidad y consecuente indemnización por secuelas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia apelada en cuanto pronuncia condena y fijó el capital indemnizatorio en $750.279,30 que llevará intereses conforme al considerando IV; impuso las costas del proceso a la demandada y reguló los honorarios de los letrados y peritos (detallados en UMAs).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En función de ello y lo analizado en la instancia administrativa -ver dictamen médico de fecha 05/07/2021-, he de reconocer que el actor presenta una incapacidad del 4% de la t.o. por cicatriz descubierta en zona pilosa, de 3,5cm en región occipital -2%
- y de 3cm en región temporal derecha -2%-... En lo que respecta a la secuela del pómulo derecho del actor, la experta identificó 'una cicatriz lineal, normotrófica, normocrómica, de 5 cm'. ... Dentro de la franja que propone el baremo, tomaré en consideración porcentaje mínimo dispuesto, es decir 4%... Por último, dado que el total de incapacidad del trabajador se dio como consecuencia de un único evento traumático, no se verifican los presupuestos que hacen viable la aplicación del método de la capacidad restante. En función de lo hasta aquí analizado y consideraciones vertidas, propicio fijar la incapacidad indemnizable en el 22% de la t.o. (teniendo en cuenta: 4% cervicalgia con limitación funcional; 4% por cicatriz pómulo derecho, 2% por cicatriz descubierta en zona pilosa, de 3,5cm en región occipital; 2% por cicatriz de 3cm en región temporal derecha; y 10% por RVAN de grado II -que llega firme-), el que, con el agregado de los factores de ponderación (11%), asciende a 24,42% de la t.o., lo que así dejo propuesto."
2) "A raíz de lo expuesto, corresponde condenar a la demandada a abonar al actor la suma de $ 750.279,30.
- (53 x $26.755,27 x 24,42% x 65/30)."
3) "En cuanto a los intereses, deben calcularse desde la fecha del infortunio (9/02/2019), conforme art. 2 de la Ley 26.773, en virtud de lo resuelto por esta Sala en autos: 'Ibarra Braian German (1253) c/ Provincia Art S.A. s/ Accidente – Ley Especial' (Expte. 14595/2016, SD del 7/10/2019, a cuyos fundamentos me remito...)"
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la Dra. María Dora González adhirió al voto del Dr. Pesino y el acuerdo resolvió conforme al bloque dispositivo transcripto.
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