CARPIO, LEONARDO EZEQUIEL c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
El actor demandó por accidente laboral (Ley especial) contra Swiss Medical ART S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala IX modificó la sentencia de primera instancia y redujo la condena a $273.672, fundando el monto en la incapacidad física reconocida (15,56% de la T.O.) y en la aplicación del art. 55 de la ley 27.802 para los acrecidos.
¿Quién es el actor?
CARPIO LEONARDO EZEQUIEL.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente
- Ley especial y resarcimiento por incapacidad (daño físico y psicológico).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo la condena a la suma de $273.672, con más los intereses determinados en el párrafo V; dejó sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia, impuso las costas de primera instancia y de alzada a la demandada, y reguló honorarios en los porcentajes indicados (18%, 16%, 8% en primera instancia; 30% para la alzada).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la valoración pericial y la incapacidad física y psíquica: "el perito interviniente informó que el actor padece en la actualidad lesión en el manguito rotador del hombro derecho, el de codo derecho y várices, todo lo cual, hace un total de 14,40% de la t.o.... En función de lo expuesto, cabe adjudicar suficiente eficacia probatoria a dicha prueba pericial en los términos de los arts. 386 y 477 del CPCCN..."
2) Cuantificación monetaria y cálculo de la condena: "conforme el régimen vigente a la época de la fecha de toma de conocimiento de la enfermedad (01/10/2016), ley 26.773, y la Incapacidad Parcial Permanente Definitiva Leve del 15,56% de la T.O., edad de 34 años y un IBM de $14.478,75 –no cuestionado en esta alzada-, el cálculo según el art. 14 ap.2º inc. a) de la ley 24.557 arroja la suma de $228.060,40 (53 x IBM $14.478,75 x 15,56% de la t.o. x 1,91 coef. edad -65/34-), ... Corresponde añadir a dicha suma ($228.060,40) el adicional de pago único del 20% previsto en el artículo 3º de la ley 26.773, lo que arroja un total de $273.672 ($228.060,40+$45.612,08)."
3) Sobre los intereses y aplicación del art. 55 ley 27.802: se explicó la decisión de aplicar "la pauta legal derivada del art. 55, ley 27.802" y se reprodujo su contenido: "a) A través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a estos fines para el período correspondiente; b) En ningún caso el resultado … podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación sobre el mismo del índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el INDEC con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual; c) El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b) del presente artículo."
- Disidencias: no constan votos en disidencia relevantes; el Dr. Víctor A. Pesino adhirió al voto del Dr. Mario S. Fera y el acuerdo fue el transcripto.
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