Logo

PEREZ MENDOZA, CELIANDRY DANIELA c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Acción por accidente de trabajo para obtener indemnización por incapacidad y accesorios. La Cámara confirmó la sentencia de grado, fijó la condena en $1.101.951,51 con intereses desde la fecha del accidente y atribuyó costas y regulación de honorarios conforme al dispositivo.

Accidente de trabajo Incapacidad Ibm Intereses desde la fecha del accidente Costas Honorarios Umas Res. srt 12/2023 Ley 27.802 Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

PEREZ MENDOZA, CELIANDRY DANIELA.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ART S.A. (y la Comisión Médica 10 en la vía administrativa).
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo (Ley especial/seguridad social laboral) con determinación de incapacidad indemnizable, fijación de ingreso base mensual (IBM), intereses y costas; además impugnación por las partes sobre porcentaje de incapacidad, fecha de inicio de accesorios y regulación de honorarios; el perito apeló sus honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto pronuncia condena y fijó el capital en la suma de $ 1.101.951,51, que llevará intereses conforme lo dispuesto en el considerando VI; impuso las costas de primera instancia a la demandada; reguló honorarios de las partes y del perito (actora 17 UMAs; demandada 16 UMAs; perito 7 UMAs) y las costas de Alzada; reguló además los honorarios de los letrados que intervinieron en la Cámara en el 30% de los fijados en origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En lo que hace al reclamo por incapacidad psicológica, vengo sosteniendo como criterio general que, en principio, es razonable que exista alguna proporcionalidad entre daño físico y psicológico, dado que este último es consecuencia del primero. [...] Por lo demás, la determinación del nexo causal es una facultad jurisdiccional y no advierto que, de accidentes como el discutido, pueda derivarse un estado patológico como el mencionado en la evaluación psíquica. Corresponde, en consecuencia, rechazar el reclamo por incapacidad psicológica." "A raíz de lo analizado, corresponde condenar a la demandada a abonar al actor la suma de $ 1.101.951,51.
- ($ 239.902,36 53 4,00% 65/30), que resulta superior al piso mínimo previsto por la Res. SRT 12/2023 ($11.589.837 x 4% = 463.593,48), vigente a la fecha del infortunio. No corresponde adicionar la indemnización adicional prevista en el art. 3, de la ley 26773, por tratarse de un accidente in itinere. Por ello, corresponde reducir el monto de condena a la suma de $ 1.101.951,51.-" "VI.
- En lo que respecta a la fecha de inicio de cómputo de los intereses, de conformidad con el criterio adoptado por esta Sala, en autos: 'Ibarra, Braian German c/ Provincia Art S.A. s/ Accidente – Ley Especial' (Expte. 14595/2016), del 7/10/2019, a cuyos fundamentos me remito en homenaje a la brevedad, el capital de condena debe llevar intereses desde la fecha del accidente, por lo que corresponde confirmar este segmento de la sentencia recurrida. Asimismo, en cuanto a los accesorios, deberá estarse a lo dispuesto en el art. 55 de la ley 27.802, norma de orden público y de aplicación inmediata, aun de oficio."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia; la Dra. María Dora González adhiere al voto que antecede.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar