FERRATE, CECILIA MAGALI c/ ARCOS DORADOS ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
La trabajadora demandó a Arcos Dorados por despido sin causa y daño moral tras ser desvinculada luego de un episodio de violencia en el que intervino para defender a una compañera. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, declaró el despido injustificado y condenó a la demandada al pago de $2.541.490 más intereses, más costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
FERRATE, CECILIA MAGALI.
¿A quién se demanda?
ARCOS DORADOS ARGENTINA S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamó indemnizaciones por despido (despido con causa alegado por la empleadora), integración de haberes del mes de despido, indemnización por daño moral y sanción por mora (art. 2 ley 25.323), entre otros rubros.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda de la actora y se condenó a la demandada a pagar la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA ($ 2.541.490), más intereses; se impusieron las costas a la parte demandada y se regularon honorarios (ver dispositivo).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"La comunicación rescisoria '…TAL COMO RESULTA DE SU CONOCIMIENTO UD. FUE NOTIFICADA DE UNA SUSPENSION PREVENTIVA CON GOCE DE HABERES (ANEXO VI) PARA REALIZAR UN PROCESO DE INVESTIGACION INTERNA EN VIRTUD A LOS HECHOS OCURRIDOS EL PASADO 21 DE DICIEMBRE DE 2022. LUEGO DE HABER MANTENIDO REUNIONES CON DISTINTAS PERSONAS, REVISADO FILMACIONES COMO ASI TAMBIEN EL DESCARGO POR UD. REALIZADO, SE PUDO DETERMINAR QUE EL PASADO 21 DE DICIEMBRE DE 2022 A LAS 22 HS. APROXIMADAMENTE, UD. AGREDIO FISICAMENTE A TERCERAS PERSONAS AJENAS A LA COMPAÑIA... EN VIRTUD A LA SITUACION OCURRIDA Y LA AGRESION FISICA TOMO INTERVENCION LA AUTORIDAD POLICIAL… ESTA CONDUCTA RESULTA UN GRAVISIMO INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES IMPUESTOS POR EL ORDENAMIENTO LEGAL (CONF. ARTS. 62, 63 Y CONCS. LCT), COMO ASI TAMBIEN DE NUESTRO CODIGO DE CONDUCTA...'"
"Valoradas tales declaraciones testimoniales a la luz de la regla de la sana crítica... generan fuerza convicta por resultar ellas imparciales, objetivas, coherentes y concordantes. ... el testimonio de Vega luce como el más convincente porque fue el único presenció los hechos relatados... se advierte que si bien es cierto que la actora abandona su puesto de trabajo, no es menos veraz que ello obedeció a salir en defensa de una compañera (Araceli) que estaba siendo agredida por dos clientas fuera del establecimiento."
"Resulta insoslayable la conducta de la empleadora, quien además de no evitar o disuadir el entredicho suscitado entre sus dependientes y los clientes, agravó su situación (por demás negligente) al pretender culpar y sancionar a la actora, por haber suplido las propias deficiencias de seguridad de la empresa."
"En mérito a las valoraciones precedentemente señaladas, estimo que suceso que originó el despido dispuesto por la accionada resulta deliberadamente injustificado (art. 242 del LCT), corolario inevitable se harán lugar a las indemnizaciones derivadas del distracto (arts. 232, 233 y 245 de la LCT)."
- Señalamiento sobre rubros y montos reconocidos (tal como figura en el fallo):
1) Indemnización por despido $93.900; 2) Indemnización sustitución de preaviso con SAC $101.725; 3) Integración mes de despido $75.120; 4) Indemnización art. 2 de la ley 25.323 $270.745; 5) Indemnización daño moral $2.000.000. Total $2.541.490.
- Observaciones relevantes: Se rechazó el reclamo relativo a la certificación prevista por art. 80 LCT por constatarse que la empleadora puso el certificado a disposición; se rechazó la pretensión sobre liquidación final ya abonada (prueba BBVA, pago 13/01/2023). Se aplicará actualización según arts. 54 y 55 Ley 27.802, tomando fecha de exigibilidad 6/1/2023. No hubo disidencias en el pronunciamiento.
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