NUÑEZ, ATILIO DAMIAN c/ RIMAZU S.R.L. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido directo por registración tardía del contrato de trabajo. La Cámara confirmó la sentencia de grado que admitió la demanda y condenó a Rimazu S.R.L., imponiendo las costas de Alzada a la demandada y regulando honorarios de Alzada en el 30% de lo que perciban por la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Atilio Damián Núñez.
¿A quién se demanda?
Rimazu S.R.L.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido directo y consecuencias indemnizatorias por registración tardía del contrato de trabajo (impugnación del alegado período de prueba).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia definitiva de grado del 21/11/2024 en todo lo que fuera materia de agravios; se impusieron las costas de Alzada a cargo de la parte demandada; se regularon los honorarios de Alzada en el 30% de lo que cada representación perciba por la instancia anterior, más IVA en su caso; y se ordenó registrar, notificar y remitir las actuaciones a primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Llegan las actuaciones a esta instancia a consecuencia de los recursos opuestos por la parte demandada y por la perito contadora contra la sentencia de grado que, en lo sustancial, admitió la demanda instaurada por el Sr. Atilio Damián Núñez y condenó a Rimazu S.R.L. al pago de las indemnizaciones emergentes del despido directo por considerar acreditada la tardía registración del contrato de trabajo y, por ende, la inexistencia del período de prueba invocado para extinguir el vínculo."
"Aun desde la relatividad con la cual puede juzgarse toda interpretación que los jueces y juezas pudieran realizar de los testimonios rendidos en una causa judicial, tarea en la cual la necesaria aplicación de las reglas de la sana crítica no obsta a la decisiva influencia de la subjetividad del observador, la magistrada de grado ha realizado un correcto análisis del material aportado al expediente y ha concluido con razonabilidad que los producidos a instancias de la actora acreditan las circunstancias que expuso en su escrito constitutivo respecto, principalmente, de la fecha de ingreso anterior a la registrada."
"Todo lo expuesto anteriormente me conduce a rechazar los agravios vertidos por la parte demandada y, en consecuencia, confirmar el fallo de autos en lo principal que decide."
- Disidencia: No obra voto en disidencia; la Dra. Diana R. Cañal adhiere al voto que antecede.
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