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RODAS, VICTOR MANUEL c/ BEN HOUSE CONSTRUCTORA S.A. s/DESPIDO

Trabajador reclamó diferencias salariales, horas extras, indemnizaciones y fondos de la ley 22.250 contra su empleadora por registrar remuneración inferior y adeudar haberes. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a BEN HOUSE CONSTRUCTORA SA al pago de $19.338.430,58 más intereses, reguló honorarios y ordenó integrar el Fondo de Financiamiento del conciliador.

Trabajo Ley 22.250 Horas extras Diferencias salariales Rebeldia (art.71 l.o.) Fondo de cese Indemnizacion art.18 ley 22.250 Art.19 ley 22.250 Vacaciones proporcionales Honorarios


¿Quién es el actor?

Víctor Manuel Rodas.

¿A quién se demanda?

Ben House Constructora S.A.
- Objeto de la demanda: Cobro de diferencias salariales por registrar remuneración inferior (período 10/2023 a 09/2025), horas extra devengadas por jornada denunciada (55 hs semanales), salarios adeudados mayo–septiembre 2025, vacaciones proporcionales 2025, Fondo de Cese laboral y las indemnizaciones previstas en la ley 22.250 (arts. 18 y 19), más costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a BEN HOUSE CONSTRUCTORA SA a pagar a Víctor Manuel Rodas la suma de $19.338.430,58 dentro del quinto día de quedar firme el pronunciamiento, más los intereses moratorios desde el 30/09/2025 conforme lo indicado en el fallo; se regularon honorarios por $1.392.630 (15 UMA) y se ordenó que la demandada integre el Fondo de Financiamiento del honorario básico del conciliador.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "De la falta de contestación de demanda por parte de BEN HOUSE CONSTRUCTORA SA emerge, por imperio de lo dispuesto en el párrafo tercero del art. 71 de la L.O., la presunción de veracidad de todos los hechos lícitos y posibles expuestos en el escrito inaugural, salvo prueba en contrario. Entonces, al no haberse ofrecido pruebas tendientes a desactivar la presunción aludida, adquiere plena certeza el relato fáctico del inicio, por lo que he de admitir que el actor trabajó bajo relación de dependencia para BEN HOUSE CONSTRUCTORA SA desde el 25/09/2023, con tareas de oficial albañil, de lunes a viernes en el horario de 7:30 a 17:30 hs. y los sábados de 8:00 a 13:00 horas y que percibió la suma mensual de $400.000.-, pese a que devengó sumas mayores conforme se verá infra." "A mi juicio, cabe entender que, la disolución del vínculo laboral dispuesta por el trabajador el 30 de septiembre de 2025, que he tenido por cierto, en virtud de la presunción del art. 71 de la L.O., cumplió el requisito previsto en el primer párrafo del art. 17 de la citada ley 22.250 ... y ninguna constancia ha adjuntado el obligado al proceso tendiente a demostrar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el segundo párrafo del dispositivo..." "Desde ese enfoque y por aplicación de la presunción del art. 71 de la L.O., he de tener por cierto que el pretensor se desempeñó a las órdenes de la demandada en los días y horarios que indicó al inicio. Por lo tanto, ... he de concluir que el trabajador laboró un total de 55 horas semanales ... las cuales corresponde que sean abonadas con el recargo del 50%..." Liquidaciones y cuantificaciones relevantes incluidas por el tribunal: diferencias salariales calculadas en $7.844.198,40; fondo de cese, art. 18 y art. 19 de la ley 22.250, salarios adeudados mayo–septiembre 2025 por $6.355.351,05; vacaciones proporcionales $532.324,20; SAC sobre vacaciones $44.360,35; total fijado $19.338.430,58. Intereses moratorios desde el 30/09/2025 conforme art. 255 bis LCT y tasa pasiva BCRA según art. 55 ley 27.802.
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la sentencia es de trámite y resolución por Jueza única.

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