Logo

PORTILLO GLADYS NOEMI c/ COMPAÑIA DE INVENTARIOS S.A. s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra Compañía de Inventarios S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia respecto del reajuste del crédito aplicando las pautas del artículo 55 de la ley 27.802 y fijó originariamente los honorarios (18%, 16% y 7% para actora, demandada y perito), confirmando lo demás.

Despido Indeminizaciones Ley 27.802 art.55 Reajuste del credito Intereses moratorios Honorarios Umas Sala ix Ley 25.323/24.013 (lne) Costas


¿Quién es el actor?

PORTILLO, Gladys Noemí (actora trabajadora).

¿A quién se demanda?

COMPAÑÍA DE INVENTARIOS S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo por despido (indemnizaciones, sanciones y diferencias derivadas de la relación laboral).

¿Qué se resolvió?

la Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo al reajuste del crédito de autos conforme a las pautas del considerando VIII (art. 55, ley 27.802), dejó sin efecto la regulación de honorarios practicada en la instancia anterior y los fijó originariamente en esta sede (18% para la representación de la actora, 16% para la representación de la demandada y 7% para el perito, sobre capital e intereses), confirmó el decisorio recurrido en lo demás, impuso las costas de esta alzada a la parte demandada y reguló los honorarios de alzada en el 30% de lo que finalmente perciban por los trabajos de instancia anterior. Se ordenó convertir los porcentajes a UMAS al practicarse la liquidación en la oportunidad del art. 132 de la LO y se notificó la aplicación de normas de notificaciones (Ley 26.685 y acordadas CSJN).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes del pronunciamiento, lenguaje original del tribunal): "Dicha pauta legal consiste, tal como surge del texto expreso de la norma, en la actualización del crédito en base a los siguientes criterios: '…a) A través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a estos fines para el período correspondiente; b) En ningún caso el resultado … podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación sobre el mismo del índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual; c) El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b) del presente artículo'." "A tales efectos y en atención al mérito y extensión de la labor desarrollada en la primera instancia por los profesionales que actuaron en estos autos y al nuevo resultado del pleito que he dejado propuesto, corresponde regular los honorarios correspondientes a la representación y patrocinio letrado de las partes actora y demandada, y al perito contador, en el 18%, 16% y 7%, respectivamente, sobre el capital e intereses de condena, que comprende la totalidad de sus trabajos efectuados en primera instancia (artículos 1.255 del CCCN, 38 de la ley 18.345 y concordantes de la ley arancelaria; cfr. CSJN, in re “Francisco Costa e Hijos Agropecuaria c. Provincia de Buenos Aires s. daños y perjuicios”, sentencia del 12.9.1996, publicada en Fallos: 319:1915 ... )." "Por lo expuesto, propongo que se modifique la sentencia de primera instancia y se adecue el reajuste del crédito de autos según las pautas establecidas en el considerando respectivo del presente pronunciamiento; se deje sin efecto lo resuelto en la instancia anterior sobre honorarios y se fijen en esta sede de manera originaria; ... se confirme el decisorio recurrido en lo demás que decide y ha sido materia de apelación y agravios; se impongan las costas originadas ante esta sede a cargo de la demandada; se regulen por los trabajos efectuados ante esta alzada, a la representación letrada de cada una de las partes, el 30% de lo que, en definitiva, les corresponda percibir a cada representación letrada por los trabajos desarrollados en la instancia anterior; ..."
- Votos: el Dr. Mario S. Fera expuso fundamentos extensos y propuso la solución que integró la mayoría; el Dr. Alejandro Perugini adhirió al voto que antecede. No se registran disidencias.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar