Logo

CUELLO, PEDRO RUBEN c/ ASOCIART S.A. ART s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por incapacidad derivada de varios accidentes de trabajo (30.04.2017; 01.09.2017; 18.08.2018; 20.12.2018). El Juzgado hizo lugar a la demanda, reconoció una incapacidad física indemnizable del 11,20% de la TO y condenó a ASOCIART S.A. A.R.T. a pagar $347.243,50 más intereses desde el 20.12.2018, con costas a la aseguradora.

Accidente de trabajo Incapacidad permanente Ley 24.557 Baremo 659/96 Incapacidad fisica 11 20% Pericia medica Pericia psicologica Intereses desde el siniestro Costas a la art Regulacion de honorarios


¿Quién es el actor?

CUELLO PEDRO RUBEN.

¿A quién se demanda?

ASOCIART S.A. A.R.T.
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnización por incapacidad derivada de varios accidentes laborales denunciados en fechas 30.04.2017, 01.09.2017, 18.08.2018 y 20.12.2018.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a ASOCIART S.A. A.R.T. a abonar, mediante depósito judicial dentro del quinto día de quedar firme la liquidación a practicarse conforme art.132 LO, la suma de $347.243,50, con más los intereses dispuestos desde el 20.12.2018; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios para las partes y peritos (véase monto).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo): “En este contexto, lo principal se circunscribe a si, como consecuencia de ello, el actor padece o no de alguna incapacidad que resulte indemnizable en los términos de la ley 24557.” “Practicado el examen físico de rigor ... CONCLUSIONES FINALES Con relación a la causa-efecto no pueden considerarse ciertas todas las lesiones descriptas, habida cuenta de los elementos que preceden, deben admitirse sobre la base de los informes de los estudios, y demás constancias que obran en el expediente, que existiría una relación de causalidad entre algunos de los siniestros denunciados en autos y algunas de las secuelas descriptas. ... En cuanto al segmento columnario lumbar, surge del examen físico que el demandante padece de limitación funcional y que el Baremo utilizado describe, en su capítulo 9 Osteoarticular, lumbociatalgia, con alteraciones clínicas, radiológicas y electromiográficas leves a moderadas, ponderando una incapacidad del 10%. Al sumar los factores de ponderación:
- Dificultad para la realización de las tareas habituales en forma leve que establece una incapacidad del 10%.
- No Amerita Recalificación: 0%
- Edad mayor a 31 años: 2% Por todo lo expuesto, concluyo que el demandante Cuello Pedro Rubén padece de una incapacidad física parcial y permanente del 11.2%...” “Obsérvese también que a fs. 191/197 luce el informe psicológico presentado por el perito psicólogo ... ‘De acuerdo al baremo establecido en el Decreto Nacional N° 659/96 Ley 24.557 el actor experimenta una Reacción Vivencial Anormal Neurótica con manifestación fóbica (RVAN de grado II) a lo cual le corresponde un grado de incapacidad del 10,2%’.” “Por lo demás, la determinación del nexo causal es una facultad jurisdiccional ... Desde tal perspectiva, adelanto que me apartaré del porcentaje de incapacidad psicológica determinada por el perito psicólogo.” “Por tales circunstancias, y analizados todos estos elementos a la luz de la sana crítica, concluyo que el actor padece de una incapacidad física indemnizable del 11,20 % de la TO , lo que así decido.” “Por lo hasta aquí expuesto, corresponde, diferir a condena la suma de $347.243,50.
- que generará intereses desde el 20.12.2018.”
- Disidencias: No consta voto en disidencia en la sentencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar