ANTUNES, JORGE c/ LA SEGUNDA ART S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
El actor promovió acción civil por accidente de trabajo y reclamó reparación integral por lesiones sufridas en la rodilla izquierda y secuelas psíquicas. El Juzgado condenó a LA SEGUNDA ART SA al pago de $131.880,96 por incapacidad permanente parcial y rechazó en lo demás la demanda contra LA SEGUNDA ART SA, la SRT, PINDO SA y PALO BORRACHO SA, por falta de prueba sobre la relación causal y la titularidad laboral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ANTUNES JORGE.
- A quién se demanda (Demandados): LA SEGUNDA ART SA; SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO; PINDO SA; PALO BORRACHO SA.
Objeto: reparación integral de los daños derivados de un accidente de trabajo (accidente ocurrido el 06.03.2013/21.11.2011 según distintas manifestaciones) incluyendo incapacidad psicofísica y daño moral; acción civil contra aseguradora, empleadores y SRT.
Decisión: se condenó a LA SEGUNDA ART SA a pagar al actor $131.880,96 con actualización e intereses desde la fecha del accidente; se rechazó en lo demás la demanda de reparación integral contra LA SEGUNDA ART SA, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, PINDO SA y PALO BORRACHO SA; costas en el orden causado y comunes por mitades; se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Por una cuestión de orden metodológico, resulta imprescindible dejar asentado que corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557, en tanto el mismo afecta los principios del juez natural y de acceso a la justicia... Por lo tanto, reitero, corresponde declarar la inconstitucionalidad en el caso, de lo dispuesto en el art. 46 de la ley 24.557."
"En estas condiciones, dado que el peritaje contiene un adecuado análisis de los antecedentes del caso y que está fundado en consideraciones de rigor científico, sin que las impugnaciones deducidas por las demandadas ... permitan desvirtuar su eficacia probatoria (cfr. arts. 386 y 477 CPCCN), corresponde, tener por acreditado que el accionante presenta una incapacidad física parcial y permanente del 38,4 % de la TO, teniendo en cuenta para ello que el atravesar una intervención quirúrgica junto con el consiguiente tratamiento de rehabilitación, en mi criterio, justifica el grado aquí determinado de incapacidad psicofísica."
"En efecto, la generalidad de las manifestaciones plasmadas respecto de la responsabilidad de la aseguradora no son eficaces para viabilizar aquel análisis... De tal modo, pues, es necesario un relato bastante más preciso que la simple mención del daño... y esa omisión del relato no puede, en principio, ser suplida por la prueba posterior... En esas condiciones, la acción dirigida contra la Aseguradora de Riesgos demandada será desestimada, en cuanto pretende un resarcimiento 'integral' fundado en la normativa civil (art. 726 CCCN)."
"Conforme lo expuesto, cabe responsabilizar a PROVINCIA ART SA, aclarando que la responsabilidad estará acotada de acuerdo con el régimen de la ley 24.557." [nótese que el tribunal concluye que la aseguradora responsable deberá responder en el marco de la ley 24.557 y que la pretensión civil integral debe rechazarse]
"En consecuencia corresponde determinar (53 x $ 3.000 x 38,4 % x 65/36 x 20%), lo que alcanza la suma de $ 131.880,96, lo que así decido."
"FALLO: 1) Condenar a LA SEGUNDA ART SA a pagar al actor ANTUNES JORGE, la suma de $ 131.880,96...; 2) Rechazar la demanda interpuesta por el actor en relación a la reparación integral, contra LA SEGUNDA ART SA, SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, PINDO SA y PALO BORRACHO SA."
- Votos en disidencia: no se registran votos en mayoría/minoría en el expediente; la resolución es de juez de primera instancia individual.
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