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DICO, CLAUDIO LEONARDO c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamo por prestaciones dinerarias por accidente de trabajo por lesión en codo y muñeca. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 65 hizo lugar a la demanda y condenó a ASOCIART S.A. ART a pagar $222.091,40 por prestación dineraria prevista en la LRT, rechazando el reconocimiento del daño psíquico y fijando incapacidad permanente total del 10,6% de la TO.

Accidente de trabajo Ley 24.557 Incapacidad permanente Dano psiquico rechazado Pericia medica Baremo decreto 659/96 Ibm (ingreso base mensual) Ripte (no aplicado) Condena dineraria Costas y honorarios.


¿Quién es el actor?

Sr. Dico, Claudio Leonardo.

¿A quién se demanda?

ASOCIART S.A. ART.
- Objeto de la demanda: Cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo (Ley 24.557) por lesión en codo derecho y compromiso de muñeca, intervención quirúrgica y secuelas; se reclamaba incapacidad física y daño psíquico.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se condenó a ASOCIART S.A. ART a pagar $222.091,40 en concepto de prestación dineraria prevista por la L.R.T., dentro del quinto día de aprobada la liquidación (con ajuste conforme considerando). Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios (véase parte resolutiva).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) “A criterio de la Suscripta, la incapacidad física determinada por el perito médico deriva de un informe fundado, científica y objetivamente y, además, está avalada por los estudios complementarios solicitados. Corresponde en consecuencia reconocerle plena eficacia probatoria, de acuerdo con las reglas de la sana crítica (arts. 386 y 477 del C.P.C.C.N.), atendiendo a los principios técnicos en que se funda, la idoneidad y especialidad del profesional actuante.” 2) “Disiento en cambio con la conclusión a la que arriba el perito en cuanto la existencia de un daño psíquico indemnizable, en tanto no se ha acreditado que los hallazgos físicos de autos acentuaran los rasgos de la personalidad de base, ni se han analizado episodios de duelo, respuesta al medio, impacto laboral o que requiera de algún tipo de tratamiento... De allí que estimo que los hallazgos de autos no resultan idóneos para generar patología psicológica indemnizable en los términos demandados (cfr. art. 477 y 386, CPCCN) ... corresponde desestimar ese segmento del reclamo (arg. art. 726 del Código Civil y Comercial)”. 3) “En consecuencia, ... la demanda prosperará por la incapacidad física del 8% de la TO por las secuelas de autos, porcentual que ... Corresponde asimismo adicionar un 2,6% en concepto de factores de ponderación... Así, el actor es portador de una incapacidad parcial y permanente del 10,6% de la TO.” 4) “Teniendo el informe de la página web de la A.F.I.P. ... resulta un IBM de $ 29.948,57. Así, considerando el IBM obtenido, el grado de incapacidad física determinada (10,6%) y el coeficiente de edad aplicable (65/59 años = 1,10) la indemnización prevista por art. 14 inc. 2º apartado a) de la ley 24.557 ... asciende a la suma de $ 185.076,17 ... A dicha suma, además, deberá adicionársele la de $ 37.015,23 conforme lo normado por el art. 3 de la Ley 26.773 ... Por todo lo expuesto, ASOCIART S.A ART deberá abonar al Sr. DICO CLAUDIO LEONARDO ... la suma de $ 222.091,40 ... en concepto de prestación dineraria prevista por la L.R.T.”
- Disidencias relevantes: No hubo votos distintos; la sentencia es de un solo juez en primera instancia. Se rechazó la pretensión del actor respecto del daño psíquico por falta de acreditación del nexo causal y de evidencia clínica suficiente.

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