DEPPELER, DAMARIS LUCIANA c/ GERIMAR S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
La actora apeló la sentencia que rechazó su demanda por despido sin causa y reclamó diferencias salariales e indemnizatorias. La Cámara confirmó la sentencia en lo principal rechazando la recategorización y los reclamos indemnizatorios, pero modificó la regulación de honorarios y los fijó en 10 UMAs ($924.820), con costas de alzada a la actora.
¿Quién es el actor?
DEPPELER DAMARIS, Luciana.
¿A quién se demanda?
GERIMAR SRL y otro.
- Objeto de la demanda: demanda por despido (despido sin causa) con reclamo de recategorización laboral, diferencias salariales e indemnizatorias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal (rechazo de la demanda y de los agravios de la actora), modificó la regulación de honorarios de la representación letrada de la actora fijándolos en 10 UMAs ($924.820), impuso las costas de alzada a la accionante y reguló los honorarios de los profesionales que actuaron en esta Cámara en el 30% de los asignados en origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos tal cual del fallo):
"I.
- La sentencia de primera instancia de fecha 21.8.2025 rechazó la demanda por despido y viene apelada por la parte actora según constancias digitalizadas en plataforma LEX 100 (del 31.8.2025), que mereció la réplica de su contraria realizada en ese mismo medio electrónico. Asimismo, la dirección letrada de la actora y la perito contadora objetan la regulación de sus honorarios profesionales que consideran exiguos."
"La señora Juez a quo tras analizar las posturas de las partes referidas a la categoría laboral (a decir de la actora: 'asistente geriátrica'; y según la demandada: 'mucama') y ponderar la letra del convenio aplicable a la actividad (artículo 7, apartados 14 y 23 CCT 122/75) consideró que las tareas cumplidas por la actora... no cuadran en la pretendida recategorización profesional de asistente, cómo así tampoco los dicentes acreditaron en su apreciación la fecha de ingreso sostenida al demandar. En consecuencia, desestimó la pretensión de cobro de diferencias salariales e indemnizatorias traídas a esta sede judicial."
"VI.
- Por lo expuesto, propongo que se confirme la sentencia apelada en lo principal que decide y que ha sido materia de apelación y agravios; se modifique la regulación de honorarios de la representación letrada de la accionante y se determinen los emolumentos en la cantidad de 10 UMAs ($ 924.820.-). Se impongan las costas de alzada a la apelante y se regulen los honorarios de las direcciones letradas de las partes en el 30% de los que les corresponda percibir por su actuación en la instancia de grado (artículo 16 y 30 de la ley 27.423)."
- Votos en disidencia: no consta voto en disidencia; el Dr. Perugini adhiere al voto del Dr. Fera y el acuerdo adopta la resolución transcripta.
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