GOMEZ, MELISA BELEN c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora demandó por accidente de trayecto e indemnizaciones bajo ley 24.557. La Cámara modificó la sentencia de grado respecto de la actualización e intereses, aplicando el decreto 669/2019 y una tasa de interés puro del 6% anual; además impuso costas a la demandada y reguló honorarios en UMA.
¿Quién es el actor?
GÓMEZ MELISA BELÉN (parte actora).
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A. (parte demandada).
- Objeto de la demanda: Reclamo de indemnizaciones por accidente de trayecto ocurrido el 17/2/2020, fundado en las leyes 24.557 y 26.773.
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia apelada conforme al considerado III del primer voto: el capital de condena deberá actualizarse según las previsiones introducidas por el decreto 669/19 (art. 12 LRT) y, además, se aplicará un interés moratorio puro del 6% anual desde la fecha de consolidación del daño hasta la liquidación; se impusieron las costas de primera instancia y de alzada a la demandada vencida; y se regularon honorarios profesionales y periciales en las UMA indicadas y un 30% adicional para los firmantes de escritos de alzada. (Decisión de la mayoría.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En virtud de ello, corresponde establecer que el capital de condena deberá actualizarse de acuerdo con las previsiones introducidas por el decreto 669/19, ya que, en materia de infortunios laborales, su régimen (artículo 12 ley 24.557 y decreto 669/2019) ya prevé una tasa legal para las prestaciones dinerarias que nazcan como consecuencia del accidente de trabajo o enfermedad profesional."
"Al capital así obtenido, se le sumará un interés moratorio puro del 6% anual desde la fecha antedicha hasta que se practique en primera instancia la liquidación. A partir de esta última fecha, se aplicará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina hasta el efectivo pago."
"Por lo expuesto, propongo modificar la sentencia apelada y establecer que, al monto de condena le será aplicable el decreto 669/2019 (modificatorio del artículo 12 de la ley 24.557) más una tasa pura del 6% anual por los fundamentos expuestos precedentemente."
- Disidencias: No hay voto en disidencia; la Dra. Vázquez adhirió al voto del Dr. Catani, por lo que la resolución es de acuerdo mayoritario.
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