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MACIEL, ARIEL c/ CAÑA SECA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El actor demandó por despido y distintas remuneraciones adeudadas a Caña Seca S.A. y codemandados. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado para extender en forma solidaria e ilimitada la condena a las personas humanas codemandadas Karina Cecilia Daunesse y Diego Alberto Maidana, y modificó la imposición de costas y honorarios.

Despido Responsabilidad solidaria Administradores Pago sin registro Art. 59 l.19.550 Art. 274 l.19.550 Lct Costas Honorarios Art. 71 lo


¿Quién es el actor?

Ariel Maciel.

¿A quién se demanda?

Caña Seca S.A. y codemandados Diego Alberto Maidana y Karina Cecilia Daunesse.
- Objeto de la demanda: acción por despido, indemnizaciones derivadas del despido, duplicación indemnizatoria DNU 34/19, ley 25.323, diferencias salariales, vacaciones y SAC, indemnización art. 80 LCT y entrega de certificados de trabajo; también regular honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto rechazó la acción contra Karina Cecilia Daunesse, dejándolo sin efecto y extendiendo la condena a dicha codemandada en forma solidaria; además, extendió la condena del codemandado Diego Alberto Maidana en forma ilimitada respecto del total de la condena con sus accesorios; dejó sin efecto lo decidido en materia de costas, impuso las costas de primera instancia y de alzada a los codemandados vencidos y reguló honorarios en alzada en el 30% de lo que corresponda por su trabajo en la sede anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "En el caso, se encuentra acreditado por medio de las declaraciones testimoniales que el accionante percibió sumas sin registro." "En efecto, el testigo Silva, dijo conocer a la codemandada Daunesse y puntualmente afirmó '…que el actor cobraba $9.000 en mano, $9.000 por semana, que por lo general venia Maidana o Danunesse a dejarnos los sobres y nos daba en mano a cada uno , o a veces si venia Maidana apurado le dejaba a Maciel para que nos diera a nosotros los sobres. Que los sobres decían los nombres de cada uno y adentro el importe en efectivo…'." "Corrobora la versión inicial expuesta por el reclamante... la demandada Daunesse quedó incursa en la situación prevista por el art. 71 LO... por lo que cabe aplicar la presunción allí contenida conforme los términos del escrito de demanda." "Corresponde concluir que en el caso se encuentran reunidos los presupuestos que habilitan la responsabilidad personal, solidaria e ilimitada de la codemandada Karina Cecilia Daunesse quien participó activamente en la gestión y administración de la sociedad demandada, por lo que entiendo cabe revocar el fallo apelado y hacer extensiva la condena en forma solidaria e ilimitada, por el pago de los conceptos salariales e indemnizatorios favorablemente admitidos en la causa con sus accesorios." "Por lo expuesto, la limitación dispuesta en grado contradice la norma legal y debe ser revocada, por lo que, con excepción de la entrega de los certificados de trabajo, cabe extender la condena al codemandado Maidana en forma solidaria e ilimitada a la totalidad de las sumas adeudadas con sus accesorios."
- Voto en disidencia relevante: El Dr. Enrique Catani adhirió a la admisión de la acción contra Daunesse pero disintió respecto del alcance de la condena y de la revocación de la limitación frente a Maidana. En su disidencia señaló que "la responsabilidad personal de los administradores... no importa una traslación automática e ilimitada de todas las obligaciones de la sociedad empleadora" y propuso extender la condena a Daunesse con el mismo alcance que se impuso a Maidana en grado, manteniendo la limitación de responsabilidad de éste a los créditos que guarden relación directa con la ilicitud (disidencia parcial).

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