ALVAREZ, LUIS EDUARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda contra Provincia ART S.A. por accidente de trabajo reclamando incapacidad indemnizable. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, modificó únicamente la imposición de costas de alzada y reguló honorarios de la actora en 30% de lo que corresponda percibir por la instancia de origen.
¿Quién es el actor?
ALVAREZ, LUIS EDUARDO.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Acción por accidente de trabajo con pedido de reconocimiento de incapacidad indemnizable conforme a la ley especial.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal (rechazo de la demanda por falta de acreditación de incapacidad indemnizable); se modificó únicamente la imposición de las costas por la actuación en primera instancia (orden causado y comunes por mitades), se impusieron las costas de alzada en el orden causado y se regularon los honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo que le corresponda percibir por sus labores en la anterior instancia. Se informó a las partes y peritos sobre la vigencia de la ley 26.685 y acuerdos CSJN citados para notificaciones y presentaciones.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"La juez de primera instancia rechazó la demanda por considerar que la parte actora no logró acreditar la existencia de una incapacidad indemnizable en los términos de la ley especial. Para así decidir, se apoyó en las conclusiones del perito médico, quien —luego de examinar al actor y analizar los estudios complementarios incorporados— concluyó que no presenta secuelas físicas ni psíquicas vinculadas al accidente denunciado, conclusión que fue ratificada al responder las impugnaciones formuladas por la propia parte actora."
"En tal marco, la parte actora cuestiona la valoración del dictamen pericial efectuada por la magistrada de grado anterior, sosteniendo que se habrían omitido considerar determinados hallazgos y que el informe resultaría insuficiente, solicitando incluso la producción de una nueva pericia... A mi modo de ver, y aun considerando el margen de apreciación que siempre existe en la valoración de la prueba, lo cierto es que la decisión adoptada en la instancia anterior se apoya en una valoración razonada e integral de los elementos obrantes en la causa, sin que los argumentos vertidos en el memorial recursivo logren desvirtuarla."
"Por todo lo expuesto, propongo rechazar el agravio bajo análisis."
- Sobre costas y honorarios (transcripción literal):
"En efecto, las particulares circunstancias del caso -en especial, el hecho de que el accidente de trabajo haya sido reconocido por la propia ART y que el actor hubiera recibido prestaciones médicas en su consecuencia-, sumadas a la naturaleza de la cuestión debatida, vinculada a la determinación de la existencia y alcance de una eventual incapacidad, permiten concluir que el accionante pudo razonablemente considerarse asistido de mejor derecho para promover la presente acción. Por tal razón, propongo modificar parcialmente la sentencia de grado en este aspecto y establecer que las costas de primera instancia deberán ser soportadas en el orden causado y las comunes por mitades (art. 68, párr. 2, CPCCN)."
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia; el Dr. Víctor A. Pesino adhirió al voto que antecede.
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