MARTINEZ, ARANDA DIONISIO c/ MCS OBRAS S.R.L. Y OTROS s/LEY 22.250
Reclamación laboral bajo Ley 22.250 contra MCS Obras S.R.L. y otros por condena dineraria. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto de los accesorios aplicables al capital de condena, dejó sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia, impuso costas a la demandada vencida y reguló honorarios en los porcentajes consignados.
¿Quién es el actor?
MARTINEZ, ARANDA DIONISIO.
¿A quién se demanda?
MCS OBRAS S.R.L. y otros.
- Objeto de la demanda: Reclamo laboral / ejecución de condena conforme Ley 22.250 (condena dineraria y accesorios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en lo relativo a los accesorios a aplicar al capital de condena conforme al párrafo II del acuerdo; dejó sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia; impuso las costas de primera instancia a la demandada vencida; reguló los honorarios de primera instancia y de la representación y patrocinio letrado de las partes actora y demandada en 18% y 16% respectivamente del monto total de condena; impuso las costas de la alzada en el orden causado; reguló los honorarios de la representación de la parte actora por su labor en la alzada en el 15% de las sumas que le correspondan por lo actuado en la instancia anterior; y dispuso lo relativo a notificaciones conforme a la Ley 26.685 y acordadas de la CSJN.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
"La parte actora se agravia, en lo central, de la forma en que fueron determinados los intereses al capital de condena."
"De acuerdo con lo expresamente dispuesto en el art. 55 de la ley 27.802, en casos como el presente corresponde que el crédito sea actualizado 'en base a los siguientes criterios: a) A través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a estos fines para el período correspondiente; b) En ningún caso el resultado … podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación sobre el mismo del índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual; c) El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b) del presente artículo.'"
"En consecuencia, corresponde modificar la sentencia recurrida en este aspecto y, en su mérito, disponer que el capital nominal de condena será acrecido desde que cada suma es debida y hasta la fecha de su efectivo pago, conforme lo dispuesto en el art. 55 transcripto, a cuyo efecto corresponde que se realicen las operaciones aritméticas necesarias en la oportunidad prevista en el art. 132 de la ley 18.345."
"A efectos de practicar las regulaciones de honorarios, se fijarán porcentajes sobre el monto de condena comprendido por el capital más los intereses... corresponde regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado de las partes actora y demandada en el 18% y 16%, respectivamente y del monto total de condena -capital e intereses-."
"Asimismo, teniendo en cuenta el mérito, la extensión de la labor desarrollada por los profesionales ... propongo regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte actora en el 15% de lo que le corresponda percibir por lo actuado en la instancia anterior."
- Votos y disidencias: Ambos jueces integrantes del Acuerdo (Dr. Mario S. Fera y Dr. Víctor A. Pesino) comparten la decisión plasmada en el acuerdo final; no surge voto en disidencia en el bloque decisorio transcripto.
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