VALLEJOS MARCOS ANTONIO c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA (EX MAPFRE ARGENTINA ART S.A). s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó por accidente de trabajo y reconocimiento de enfermedad profesional contra Galeno ART. La Cámara confirmó la sentencia de grado que desestimó el reclamo por falta de prueba de la relación causal, elevó los honorarios del perito a $179.750, impuso las costas de alzada y reguló honorarios de los apoderados en 30%.
Actor: VALLEJOS MARCOS ANTONIO. Demandado: GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (ex MAPFRE ARGENTINA ART S.A.). Objeto de la demanda: Reclamo por accidente / enfermedad profesional (incapacidad psicofísica por tareas laborales).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia que había desestimado el reclamo en todo lo que fue materia de apelación y agravios; se elevó la regulación de honorarios del perito médico a $179.750 (equivalente a 2 Umas a valores del día); se impusieron las costas de alzada en el orden causado y se regularon los honorarios de los profesionales que recurrieron en la proporción del 30% de lo que correspondiera percibir por sus labores en primera instancia.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Por lo tanto, concuerdo con lo señalado por el sentenciante respecto a que estaba a cargo del trabajador demostrar las características de las tareas desempeñadas, lo que no surge acreditado en las actuaciones..."
"En consecuencia, no existen elementos que permitan determinar la existencia de una relación causal o concausal entre las patologías que padece el actor, conforme lo informado por el perito médico interviniente y las tareas que realizaba para su empleadora."
"En cuanto a la regulación de honorarios a favor del perito médico interviniente que fuera cuestionada, dada la importancia, complejidad, extensión, mérito y calidad de las tareas llevadas a cabo por el profesional interviniente y con lo normado por el art. 1255 del CCyCN, art. 38 de la L.O. y normas arancelarias aplicables, sugiero elevarla a la suma de $179.750.
- -equivalente a 2 Umas a valores del día de la fecha."
"En consecuencia, propongo imponer las costas de alzada en el orden causado (Art. 68 segundo párrafo del CPCCN)."
Votos y disidencias: El Dr. Mario S. Fera formuló el voto que propone confirmar la sentencia y elevar honorarios del perito; el Dr. Víctor A. Pesino adhirió al voto. No consta disidencia.
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