LUNA, NICOLAS FACUNDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor impugnó la resolución administrativa que determinó que no padece incapacidad por el accidente denunciado. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia rechazando la apelación por falta de agravios fundados y mantuvo la imposición de costas y regulación de honorarios conforme al apartado V.
¿Quién es el actor?
LUNA, NICOLAS FACUNDO.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso de ley (art. 27.348) contra la resolución del Servicio de Homologación de la Comisión Médica Nº 10 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo que determinó que no padece incapacidad como consecuencia del accidente denunciado.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que fue objeto de apelación; se impusieron las costas de alzada en el orden causado y se regularon los honorarios de la representación letrada de las partes conforme al apartado V.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Estimo que la queja no debe prosperar. En efecto, advierto que el recurrente se limita a realizar manifestaciones acerca de las Comisiones Médicas y de la sentencia de primera instancia, sin invocar ni aportar argumentos concretos e idóneos a los efectos de rebatir el fundamento de la decisión que cuestiona, consistente en que de las constancias administrativas adjuntas a la causa surge que no padece incapacidad en la zona afectada como consecuencia del accidente denunciado."
"Obsérvese, en tal sentido, que no individualiza en esta alzada las razones concretas por las que considera que en el caso la revisión médica efectuada en sede administrativa resultó arbitraria y/o incorrecta, ni tampoco detalla los síntomas y/o secuelas que alega padecer como consecuencia del accidente."
"Con relación a las manifestaciones efectuadas respecto de la inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley 27.348 y de normas relacionadas, cabe recordar que nuestro más Alto Tribunal ha sostenido reiteradamente que la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional que debe ser considerado como última 'ratio' del orden jurídico ... y procede en tanto el interesado demuestre claramente de qué forma aquélla contraría la norma fundamental, causándole gravamen."
- Sobre costas y honorarios (apartado V, transcripto y aplicado): el tribunal impuso "las costas de alzada en el orden causado" y reguló "los honorarios de la representación letrada de la parte actora y demandada en el 10% y 13%, respectivamente, a calcular sobre lo que en definitiva les corresponda percibir por su actuación en primera instancia".
- Votos: los Dres. Mario S. Fera (voto principal) y Víctor A. Pesino (adhesión) conformaron el acuerdo. No existen disidencias relevantes.
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