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PEREYRA, DIEGO PABLO c/ GESTION LABORAL S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL

Acción civil por accidente laboral contra Gestión Laboral S.A. y otros solicitó condena solidaria y adicionales. La Cámara modificó la sentencia de grado: ordenó actualizar el capital de condena según índice Ripte (sin intereses anexos), revocó lo decidido sobre costas y honorarios y fijó nuevas costas y montos honorarios, confirmando lo restante.

Accidente de trabajo Accion civil Actualizacion ripte Costas Honorarios Art Uma Condena solidaria Apelacion Ley 26.856


¿Quién es el actor?

Diego Pablo Pereyra.
- Demandados: Gestión Laboral S.A., Servicios de Personal Logístico S.A., Experta ART S.A. y otros.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente laboral — acción civil — pretensión de condena solidaria y adicionales (crédito patrimonial por daños).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por acuerdo, modificó el fallo de primera instancia ordenando la actualización del capital de condena conforme índice Ripte sin intereses anexos; dejó sin efecto lo decidido en materia de costas y honorarios de grado; impuso las costas de primera instancia del reclamo fundado en normas de derecho común y las del reclamo por la ley de riesgos a cargo de Experta ART S.A.; dejó sin efecto los honorarios regulados y fijó nuevos honorarios (11 UMA, 10 UMA, 10 UMA, 9 UMA, 4 UMA y 4 UMA para las representaciones y peritos según detalle); confirmó lo resuelto en lo restante; impuso las costas de Alzada y fijó los honorarios de alzada en el 30% de lo regulado en grado; ordenó cumplimiento de art. 1º ley 26.856 y Acordada CSJN Nº 15/2013.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En cuanto a los adicionales del crédito en disputa, esta Sala, por mayoría y con mi discrepancia, ha señalado que el capital de condena de los créditos sistémicos debe: a) ser actualizado desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación a practicarse en la etapa del art. 132 de LO mediante índice Ripte sin intereses anexos y b) sólo en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago debe aplicarse un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina hasta su efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral y c) que el ajusta previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la resolución 1039 (conf. crit. CNTr. Sala VII, sent. 59.865, expte 7453/24, 25/3/26, 'Pacheco c/Provincia ART')." "En síntesis, entiendo corresponde: 1) Modificar el fallo de primera instancia ordenando la actualización del capital de condena conforme índice Ripte, sin intereses anexos; 2) Dejar sin efecto lo decidido en materia de costas y honorarios; 3) Imponer las costas de primera instancia respecto del reclamo fundado en las normas de derecho común en el orden causado y las del reclamo por la ley de riesgos a cargo de Experta ART S.A.; 4) Dejar sin efecto los honorarios regulados y fijar los mismos ...; 5) Confirmar el pronunciamiento de grado en lo restante que decide; 6) Imponer las costas de Alzada en el orden causado; 7) Fijar los honorarios de alzada en el 30% de lo regulado en la instancia de grado."
- Disidencias: No aparece voto en disidencia respecto del acuerdo final; el Dr. Carlos Pose expuso el voto que fue acompañado por el Dr. Alejandro Sudera; el Dr. Manuel P. Diez Selva no votó (art. 125 LO).

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