FERNANDEZ HORACIO GUSTAVO ADOLFO c/ SERVICIOS ARGENTINOS DE SEGURIDAD EMPRESARIA S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor demandó por despido y accidente/enfermedad laboral contra Servicios Argentinos de Seguridad Empresaria S.A. La Cámara confirmó el pronunciamiento de grado, salvo que las costas respecto de la acción por despido se impongan por el orden causado; además impuso las costas de Alzada en el orden causado y reguló los honorarios de Alzada en el 20% de lo fijado en la instancia previa.
¿Quién es el actor?
FERNÁNDEZ, HORACIO GUSTAVO ADOLFO.
¿A quién se demanda?
SERVICIOS ARGENTINOS DE SEGURIDAD EMPRESARIA S.A. y otros.
- Objeto de la demanda: reclamo por despido y acción por enfermedad/accidente (reclamación de vínculo causal entre tareas y minusvalía); además impugnación del monto de honorarios periciales.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó el pronunciamiento de grado, salvo en lo que respecta a las costas de la acción por despido, que serán impuestas por el orden causado; se impusieron las costas de Alzada en el orden causado; y se regularon los honorarios de Alzada en el 20% de lo fijado en la instancia previa.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del voto mayoritario):
"Por lo expuesto, y atento a los términos de los agravios referidos, cabe desestimarlos y confirmar el fallo en lo principal."
"Sin perjuicio de ello entiendo que se impone, en razón del carácter alimentario del crédito en disputa y por un principio de equidad (art. 11 de la LCT), dejar sin efecto la imposición de costas –respecto de la acción por despido
- y fijarlas por su orden: la equidad es, según el pensamiento aristotélico, una 'dichosa rectificación de la justicia rigurosamente legal' y, dentro del ámbito del derecho laboral, sirve como válvula de seguridad del sistema para evitar decisiones anómalas, imperfectas, disvaliosas o injustas..."
"Por lo expuesto, siendo equitativos los honorarios impugnados (art. 1255, del CCCN), entiendo corresponde: 1) Confirmar el pronunciamiento de grado, salvo en lo que respecta a las costas –respecto de la acción por despido
- que serán impuestas por el orden causado. 2) Imponer las costas de Alzada en el orden causado atento la índole de la cuestión litigiosa. 3) Regular los honorarios de Alzada en el 20% de lo fijado en la instancia previa."
- Votos particulares: El Dr. Alejandro Sudera adhirió al voto que antecede. El Dr. Manuel P. Diez Selva no votó (art. 125 de la L.O.), por lo que la decisión se adoptó por los votos de los magistrados firmantes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: