RIOS, MARIA LORENA SOLEDAD c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Acción por accidente in itinere y determinación de incapacidad contra Galeno ART S.A.; la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, elevó los honorarios de la representación de la actora a 26,67 UMA ($615.196,89), y reguló costas y honorarios de alzada (30%).
¿Quién es el actor?
María Lorena Soledad Ríos (actora).
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A. (accionada/aseguradora).
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente in itinere ocurrido el 25/04/2022 con determinación de incapacidad parcial y petición de regulación de honorarios; impugnación de la aplicación del baremo legal por la aseguradora.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en lo apelado, elevó los honorarios de la representación letrada de la parte actora a 26,67 UMA ($ 615.196,89), confirmó las demás regulaciones impugnadas por la demandada, impuso las costas de alzada a la parte demandada vencida, reguló los honorarios por la actuación ante la alzada en el 30% de lo que, en definitiva, corresponda percibir por sus trabajos en la instancia previa, y ordenó el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1º de la ley 26.856 y la Acordada CSJN Nº 15/2013.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales de los párrafos más relevantes):
1) “Por lo tanto he declarado la inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 26773, relativo al uso obligatorio del Listado de Enfermedades Profesionales previsto como Anexo I del Decreto 658/96 y a la Tabla de Evaluación de Incapacidades prevista como Anexo I del Decreto 659/96 y sus modificatorios, por lo que a mayor abundamiento, propongo desestimar el agravio en el punto.”
2) “En virtud de todo lo expuesto, propongo confirmar la sentencia en lo principal que ha sido motivo de apelación y agravios.”
3) “En cuanto a las apelaciones de honorarios , teniendo en cuenta el mérito y extensión de las tareas desplegadas por los profesionales intervinientes en la instancia de grado y las pautas establecidas en los arts. 16, 21 y 58 de la ley 27.423, art. 1255 CCyCN y demás leyes arancelarias vigentes, considero que los honorarios de la representación letrada de la parte actora lucen reducidos, por lo que propongo elevarlos a la suma de 26,67 UMA ($ 615.196,89) valores correspondientes a la sentencia de primera instancia y confirmar las demás regulaciones que fueran apeladas por la demandada.”
- Voto en disidencia parcial relevante: El Dr. Alejandro H. Perugini manifestó no coincidir con la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 26.773, pero “por compartir sus restantes argumentos, adhiero al voto que antecede.” Queda así consignada su discrepancia en cuanto a la inconstitucionalidad, sin alterar la decisión colegiada que confirma la sentencia.
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