GARRIDO MARTINEZ CARLOS EDUARDO c/ QBE ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó a la aseguradora ART por prestaciones dinerarias derivadas de un accidente laboral ocurrido el 5/11/2012 que afectó su pulgar derecho. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 24.557 en los términos expuestos, reconoció una incapacidad físico-permanente del 9,324% de la T.O. y condenó a EXPERTA ART a pagar $51.683,69 más accesorios.
¿Quién es el actor?
Carlos Eduardo Garrido Martínez.
¿A quién se demanda?
QBE Argentina Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (posteriores denominaciones: Experiencia ART S.A. y finalmente EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.), enderezada como EXPERTA ART.
- Objeto de la demanda: Cobro de prestaciones dinerarias previstas en la Ley 24.557 y ley 26.773 por accidente de trabajo denunciado con fecha 5/11/2012 (lesión en pulgar derecho) y reclamo de incapacidad psicofísica (actor solicitó 32% T.O.; liquidación inicial $356.365,04).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a EXPERTA ART a abonar al actor la suma de $51.683,69 (más accesorios), conforme la liquidación y actualizaciones previstas, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios. Se declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la Ley 24.557 (según fundamentos del Juzgado) y se aplicaron las reglas de cómputo de remuneraciones conforme artículo 12 modificado por Decreto 669/19 (art. 12 Ley 27.348 conforme Decreto 669/09) en la forma prevista en la sentencia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "De tal modo, conforme los fallos citados, a cuyos fundamentos me remito, corresponde declarar la inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 46 de la ley 24.557, ejerciendo de tal modo el control de constitucionalidad al que me veo obligado a los fines de resguardar la supremacía de nuestra CONSTITUCIÓN NACIONAL puntualizando que dicha atribución de declarar la inconstitucionalidad de una norma infra constitucional puede ser ejercida por el suscripto aun de oficio..."
2) "Determino que el Sr. GARRIDO MARTÍNEZ es portador de una incapacidad física, parcial y permanente del 9,324% de la T.O. (8,4% por secuelas físicas + 0,924% por aplicación de factores de ponderación), relacionada causalmente con el accidente ocurrido el 5/11/2012... Asimismo, determino que la merma psicológica descripta en la pericia presentada en autos no guarda relación de causalidad adecuada con el siniestro descripto. Así decido."
3) "En definitiva y por todo lo hasta aquí expresado, el actor resulta acreedor de una indemnización total de $51.683,69.
- Así decido."
- Disidencias: no hubo votos o disidencias; es sentencia de primera instancia dictada por un único juez.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: