LODEIRO, DOLORES XIMENA c/ SAP ARGENTINA S.A. -6- s/DESPIDO
La actora demandó por despido y reclamos salariales (vacaciones proporcionales, S.A.C. proporcional, indemnización art. 45 ley 25.345 y otros). La Cámara revocó la sentencia de grado, condenó a SAP Argentina S.A. a pagar $4.861.844,28 más la adecuación según el Considerando VII, y reguló costas y honorarios conforme al Considerando VIII.
¿Quién es el actor?
Lodeiro, Dolores Ximena (actora).
¿A quién se demanda?
SAP Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: acción por despido (denuncia contractual/despido indirecto) y liquidación final: vacaciones proporcionales, S.A.C. proporcional, salario de noviembre, bono anual proporcional, indemnización art. 45 ley 25.345, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones revocó el fallo de grado y condenó a SAP Argentina S.A. a pagar a la actora la suma de $4.861.844,28, más la adecuación conforme al Considerando VII (aplicación de la tasa pasiva del BCRA con los límites del art. 55 ley 27.802, y en el caso particular se fijó la adecuación conforme al 67% del IPC más 3% anual). Además impuso costas y reguló honorarios en los términos del Considerando VIII.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"VI.
- Para el cálculo de los rubros diferidos a condena, estaré a la mejor remuneración percibida por la actora, correspondiente al mes de septiembre de 2022 -$1.385.140,82
- (conf. dictamen pericial contable). En consecuencia, la presente acción debería progresar por los siguientes montos: 1) Vacacaciones prop. + S.A.C.: $360.136,61 2) S.A.C. prop.: $346.285,21 3) Art. 45 ley Nº 25.345: $4.155.422,46 Ello asciende a $4.861.844,28."
"VII.
- En cuanto a la crítica de lo decidido en la sentencia apelada en materia de accesorios y, planteo de inconstitucionalidad de los artículos 55 y 56 de la ley Nº 27.802 ... Despejado ello, con relación a la tacha de inconstitucionalidad de dicha norma cabe señalar ... a mi juicio tales extremos no se observan en la especie. ... En conclusión, el monto de condena se adecuará conforme el 67% del IPC con más un interés anual del 3%."
"VIII.
- Ante el nuevo resultado del litigio que propicio y lo normado por el art. 279 del CPCCN, corresponde dejar sin efecto el modo de imposición de costas y las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia anterior. ... Por ello, ante las particularidades del caso, propongo imponer las costas de ambas instancias en el orden causado. ... corresponde regular los honorarios de las representaciones letradas de las partes actora, demandada y perito contadora 70 UMA, 83 UMA y 30 UMA respectivamente. Finalmente, cabe fijar los emolumentos de los profesionales intervinientes en la Alzada en el 30% de aquello que le corresponda percibir por su actuación en origen (art. 30 ley 27.423)."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; ambos jueces (Pinto Varela y Diez Selva) adhirieron al mismo resultado.
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