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ARIAS, LAURA SILVINA c/ MYC ASOCIADOS S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra MYC Asociados S.A. y otros reclamando reconocimiento de relación laboral y rubros indemnizatorios. La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo esencial, reguló honorarios y costas, y ordenó que los adicionales del capital sean actualizados conforme a las directivas del art. 55 de la Ley de Modernización Laboral (Ley 27.802).

Despido Relacion laboral Lct Ley 27.802 Art. 55 Actualizacion de creditos Honorarios Uma Costas Interes moratorio


¿Quién es el actor?

ARIAS, Laura Silvina (actora).
- Demandados: MYC ASOCIADOS S.A.; SALUD PROFESIONAL Y TECNOLOGICA S.A.; VIOLA Luis Emiliano; ROMANO Damián Ariel (codemandados).
- Objeto de la demanda: acción por despido y reclamación de prestaciones e indemnizaciones derivadas de una presunta relación laboral con los codemandados; impugnación de la tasa de interés aplicada y de la regulación de costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el fallo recurrido salvo en lo relativo a los adicionales del capital, ordenando que éstos sean actualizados conforme a las directivas del art. 55 de la Ley de Modernización Laboral; además reguló honorarios y costas (se fijaron sumas en UMA para letrados y peritos y honorarios de alzada en 30% de la suma regulada en la instancia previa).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En lo sustancial, no advierto que los agravios expuestos tengan entidad suficiente como para justificar la modificación del pronunciamiento de grado: la apelante sostiene que se ha probado la prestación de tareas a favor de la demandada SALUD PROFESIONAL Y TECNOLOGIA S.A. a partir de los e-mails acompañados como prueba documental... En este sentido, coincido con el magistrado de grado en cuanto a la ineficacia probatoria de los mails acompañados por la accionante ya que, sin perjuicio de resultar los mismos auténticos o no, lo cierto es que su contenido no alcanza para dar cuenta de los extremos invocados por la parte actora..." "En materia de adicionales del crédito en disputa, el Poder Legislativo ha innovado en la materia pues, a través de la sanción del art. 55 de la denominada Ley de Modernización Laboral nº 27.802 (B.O. 6/3/26), ha establecido que, en los juicios en trámite y aún pendientes de sentencia definitiva (incluidos recursos de queja), a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados a través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina a estos fines por el período correspondiente... Entiendo prudente respetar la voluntad legislativa en los procesos afectados por tal temática..."
- Voto en disidencia: No existe voto en disidencia relevante; el Dr. Alejandro Sudera adhiere al voto que antecede. El Dr. Manuel P. Diez Selva no vota (art. 125 L.O.).

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