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TOLOZA, MARCOS LEONARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó el actor por accidente laboral contra Provincia ART S.A. solicitando reconocimiento de incapacidad. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por imposibilidad de producir la prueba pericial médica atribuida a la inacción del actor y confirmó además costas y honorarios.

Toloza Provincia art s.a. Accidente Ley especial Pericia medica Prueba indispensable Inadmisibilidad del agravio Confirmacion de sentencia Costas Honorarios Art. 116 l.o.


¿Quién es el actor?

TOLOZA, MARCOS LEONARDO.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Acción por accidente (Ley especial) para el reconocimiento de incapacidad derivada de la relación laboral.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada en todo aquello que fue materia de recursos y agravios; se confirmaron las costas y los honorarios conforme lo resuelto en los considerandos III y IV; y se ordenó el cumplimiento de lo dispuesto en el art. 1º de la ley Nº 26.856 y la Acordada CSJN Nº 15/2013.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En efecto, las manifestaciones que ensaya la recurrente resultan genéricas y no cumplen con el recaudo de admisibilidad previsto en el art. 116 de la L.O., en tanto no constituyen una crítica concreta y razonada del decisorio recurrido." "Obsérvese que el magistrado de grado fundó su decisión en la imposibilidad de producir la prueba pericial médica —de carácter esencial para la dilucidación del litigio— como consecuencia de la inacción de la propia parte actora, quien omitió dar cumplimiento a la intimación cursada con fecha 23/10/2024, dejando vencer ampliamente el plazo otorgado, lo que motivó que se hiciera efectivo el apercibimiento y se considerara de imposible cumplimiento dicha prueba por su exclusiva responsabilidad." "En efecto, de las actuaciones surge que el actor fue debidamente intimado a cumplir con los requerimientos necesarios para la realización de la pericia médica —prueba indispensable para acreditar la incapacidad invocada— sin que hubiera demostrado una diligencia adecuada en tal sentido, lo que justifica la decisión adoptada en grado."
- Disidencia/relevancia: El Dr. Carlos Pose no votó (art. 125 de la L.O.), por lo que la decisión que prevalece es la adoptada por los jueces Sudera y Díez Selva.

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