AGUERO, NELSON JAVIER c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamación por accidente y liquidación de crédito de ley especial. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia: ordenó actualizar el capital conforme al decreto 669/19 (aplicando RIPTE y la metodología fijada) y condenó en costas a la demandada, regulando honorarios y peritajes según UMA y porcentajes fijados.
¿Quién es el actor?
AGÜERO, NELSON JAVIER.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: reclamación por accidente (Ley Especial) y consecuente condena indemnizatoria; discusión sobre la forma de actualización del capital y los intereses, costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó el fallo de primera instancia disponiendo que el capital de condena sea ajustado de conformidad con lo dispuesto en el decreto 669/19; impuso las costas de ambas instancias a la parte demandada vencida; reguló los honorarios de la representación y patrocinio letrado del actor, de los profesionales de la parte demandada y de la perita médica en 10,56 UMA, 9,26 UMA y 3 UMA, respectivamente; y fijó los honorarios de las representaciones letradas intervinientes en el 30% de lo que les corresponda percibir por los trabajos de primera instancia, con más el IVA si corresponde.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
1) "al presente, en materia siniestral corresponde la actualización del capital de condena conforme índice Ripte con más un interés del 6% anual no capitalizable."
2) "propongo que el capital de condena sea ajustado de conformidad con lo dispuesto en el decreto 669/19 en los términos señalados en los considerandos del voto de la Dra. Vázquez..."
3) "el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039/19 de la SSN, la cual deviene en ostensiblemente inconstitucional al introducir una modificación no solo peyorativa para los derechos regulados, sino que altera la sustancia y sentido de la norma reglamentada."
4) Sobre costas y honorarios: "corresponde dejar sin efecto la imposición de costas y las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia anterior y proceder a su determinación en forma originaria... las costas de ambas instancias sean soportadas por la demandada vencida (artículo 68 CPCCN)."
5) Regulación de emolumentos: "regular los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte actora, de los profesionales actuantes por la parte demandada y de la perita médica en 10,56 UMA, 9,26 UMA y 3UMA, respectivamente... Fijar los honorarios de las representaciones letradas intervinientes en el 30% de lo que les corresponda percibir como retribución por los trabajos de primera instancia con más el impuesto al valor agregado."
- Votos/dolencias: Los votos de los Dres. Pose, Cañal y Vázquez adhieren a la solución mayoritaria que aplica el decreto 669/19 y fijan la distribución de costas y honorarios según lo dispuesto; no se registra disidencia en la parte resolutiva que integra la sentencia definitiva.
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