GOMEZ, DANIEL MARTIN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó el actor por incapacidad psíquica derivada de un accidente de trabajo; la Cámara revocó la sentencia de grado y rechazó la demanda en todas sus partes, dejando sin efecto la imposición de costas y las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Gómez, Daniel Martín (actor).
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de incapacidad psicofísica/psíquica derivada de accidente de trabajo (trastorno por estrés postraumático) y consecuencias indemnizatorias; revisión de dictamen de Comisión Médica y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, revocó la sentencia de grado y rechazó la demanda en todas sus partes; dejó sin efecto la imposición de costas y las regulaciones de honorarios practicadas en la instancia anterior; dispuso además la regulación originaria de costas y honorarios de alzada según lo sugerido en el voto mayoritario.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En definitiva, de prosperar mi voto, corresponde admitir la queja y revocar este aspecto de la sentencia de primera instancia. Por tales fundamentos, corresponde hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la demandada y revocar la sentencia de grado, rechazando la acción promovida por el actor." (voto Dr. Gabriel de Vedia, fundamento de la mayoría).
"El hecho generador carece de entidad para provocar un daño psicológico, es decir, no parece razonable concluir que los sucesos de autos hubiesen impactado en la esfera psíquica del trabajador de modo de ocasionar algún tipo de secuela psíquica de carácter irreversible en nexo de causalidad adecuado en el marco de la ley 24.557, por lo que la eventual afección detectada podría deberse a factores distintos de los vinculados al accidente..." (voto Dr. Gabriel de Vedia, razonamiento técnico sobre insuficiencia del dictamen pericial).
Disidencia (voto en minoría del Dr. Enrique Catani, transcripto):
"En esas condiciones, no encuentro razones suficientes para apartarme del dictamen. Es cierto que la prueba pericial no obliga al juez y que la determinación del nexo causal es una cuestión jurídica. Sin embargo, cuando el dictamen proviene de una auxiliar técnica, contiene una explicación compatible con las constancias del expediente, se apoya en entrevistas, pruebas específicas y antecedentes de tratamiento, y no aparece desvirtuado por prueba de igual entidad, corresponde asignarle eficacia probatoria... En consecuencia, propongo confirmar la sentencia apelada en cuanto hizo lugar al recurso del actor y condenó a Provincia ART S.A. a abonar la suma de $10.302.501,43, con más los accesorios allí dispuestos..." (voto Dr. Enrique Catani, proponiendo confirmar).
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