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RAMIREZ, DIEGO GASTON c/ LABORATORIOS RAFFO S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor demandó por despido contra Laboratorios Raffo S.A. y Monte Verde S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda en lo agravado, pero elevó los honorarios regulados en la instancia anterior e impuso costas y honorarios de alzada a la actora.

Despido Encuadramiento convencional Cct 40/89 Cct 42/89 Honorarios Costas Art. 31 lct Apelacion laboral Camara nacional de apelaciones del trabajo Elevacion de honorarios


¿Quién es el actor?

Diego Gastón Ramírez.
- Demandados: Laboratorios Raffo S.A. y Monte Verde S.A.
- Objeto de la demanda: acción por despido y reclamo de correcto encuadramiento convencional (pretendía aplicación del CCT 42/89 en lugar del CCT 40/89), registración, rubros adeudados y extensión de responsabilidad solidaria (art. 31 LCT).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado en cuanto a los agravios planteados por la actora, con las salvedades indicadas, elevó los honorarios regulados en grado y reguló costas y honorarios de alzada conforme lo propuesto en el voto. Se dejó constancia de que la Dra. María Dora González no votó.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "La sentencia definitiva de primera instancia dictada el 17.10.2023, que rechazó en su totalidad la acción incoada por Diego Gastón Ramírez contra Laboratorios Raffo S.A. y Monte Verde S.A., es apelada por la parte actora..." "En tal ilación, de acuerdo con los límites y alcances del memorial bajo anàlisis; ateniéndose a los términos en que quedó trabada y resuelta la controversia en autos, corresponde confirmar la aplicación del CCT 40/89, en tanto la sentenciante ponderó —sin crítica concreta en esta alzada— que dicho régimen resultaba más favorable para el trabajador." "propicio establecer los honorarios correspondientes a la representación letrada de la parte actora Dra. Marìa Lujàn Amschlinger, en la suma de $800.000 màs la cantidad de 19.46 UMA ... a la reprsentaciòn y patrocinio letrada de la codemandada Laboratorios Raffo S.A., en la suma de $1.110.000 y en la cantidad de 21,62 UMA ... y los correspondiente a la perito contadora, Yanina Soledad Tissot, en la suma de $1.480.000..." "Teniendo en cuenta el hecho objetivo de la derrota, las costas de alzada deben ser impuestas a la actora vencida (artículo 68 CPCCN), regulando los honorarios de los profesionales intervinientes en el 30% de lo que fuera regulado por la actuación en la instancia anterior (artículo 30 de la ley 27.423)."
- Disidencias o adhesiones relevantes: El Dr. Enrique Catani adhirió al voto preopinante. Se dejó constancia de que la Dra. María Dora González no votó (art. 125 LO). No consta voto en disidencia que modifique la decisión mayoritaria.

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